Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

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autorizacion a las Escuelas de Conductores, asi como modificar y/o renovar las autorizaciones o disponer su conclusion; Que, el articulo 38º de El Reglamento indica que: "Las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teoricos y practicos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conduccion MORDAZA y responsable de los vehiculos que circulan dentro del territorio nacional"; Que, el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 36342013-MTC/15 senala, "Las Escuelas de Conductores deberan cumplir con adecuarse a lo dispuesto en los articulos precedentes, dentro de los noventa dias (90) dias de publicada la Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano". En consecuencia el plazo de adecuacion es solo de aplicacion a las Escuelas que cuenten con autorizacion para funcionar como Escuelas de Conductores MORDAZA de la entrada en vigencia de la Resolucion Directoral Nº 36342013-MTC/15; Que, el literal g) del numeral 43.3 del articulo 43º del Reglamento establece dentro de las condiciones de infraestructura el contar con un circuito propio o de terceros, donde el postulante realizara las practicas de manejo, cuyas caracteristicas especiales seran determinadas por resolucion directoral de la DGTT; Que, mediante Parte Diario Nº 137386 de fecha 05 de agosto de 2014, la Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., remite ante esta administracion el Expediente Tecnico de su Circuito de Manejo con las nuevas caracteristicas especiales, establecidas en la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15, emitida el dia 04 de setiembre de 2013, publicada el dia 18 de setiembre de 2013 en el Diario Oficial "El Peruano" y modificada mediante Resolucion Directoral Nº 4302013-MTC/15 de fecha 31 de enero de 2014, publicada el dia 19 de febrero de 2014 en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Informe Nº 047-2014-MTC/15.03. EC/rao-jrp de fecha 11 de agosto de 2014, emitido por los especialistas del area de Escuela de Conductores, concluyeron que el Expediente Tecnico del Circuito de Manejo con las nuevas caracteristicas especiales presentado por la Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. cumple con el contenido minimo establecido en la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15 y su modificatoria la Resolucion Directoral Nº 430-2013MTC/15; Que, mediante Oficio Nº 3664-2014-MTC/15 de fecha 18 de agosto de 2014, la Direccion General de Transporte Terrestre otorgo la conformidad al Expediente Tecnico del Circuito de Manejo con las nuevas caracteristicas especiales presentado por la Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA E.I.R.L,; Que, en ese sentido el Convenio suscrito entre la Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA E.I.R.L y la Escuela de Conductores Integrales Los Profesionales al Volante E.I.R.L., respecto al Circuito de Manejo al contar con las nuevas caracteristicas especiales establecidas en la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15 y su modificatoria la Resolucion Directoral Nº 430-2013MTC/15, cumple con lo exigido por la normatividad vigente Que, estando en lo opinado en el Informe Nº 1392014-MTC/15.03, por La Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-208-MTC; la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y La Ley Nº 29370 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES LOS PROFESIONALES AL VOLANTE E.I.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una

una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c; Que, mediante Oficio Nº 7114-2013-MTC/15.03 de fecha 23 de octubre de 2013, notificado el 28 de Octubre de 2013, esta administracion concedio a La Empresa, un plazo de diez (10) dias habiles para que subsane las observaciones advertidas a su solicitud, referidas a su objeto social, a los documentos que acrediten contar con la infraestructura, al contrato con el centro de servicios medicos, a la memoria descriptiva de los locales ofertados, la plana docente, los horarios y la flota vehicular; Que, mediante Parte Diario Nº 166744 de fecha 12 de noviembre de 2013. La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA mencionado; Que, mediante Oficio Nº 7641-2013-MTC/15.03 de fecha 20 de noviembre de 2013, notificado el 22 de noviembre de 2013, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial concedio a la Empresa, un plazo de cinco (5) dias habiles para que subsane la observacion advertida en su solicitud referida a la memoria descriptiva del local propuesto como oficina administrativa; Que, mediante Parte Diario Nº 175160 de fecha 27 de noviembre de 2013, La Empresa, remitio la documentacion destinada a subsanar la observacion referida a la memoria descriptiva de su local propuesto como oficina administrativa que le fue comunicada a traves del Oficio Nº 7641-2013-MTC/15.03; Que, mediante Informe Nº 024-2013-MTC/15.pvc de fecha 03 de diciembre de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular, CDs conteniendo la toma fotografica y videos, realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Empresa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 5188-2013MTC/15 de fecha 03 de diciembre de 2013, notificada el 06 de diciembre de 2013, la DGTT declaro improcedente su solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante Expediente Nº 2013-080098 de fecha 27 de diciembre de 2013, La Empresa interpone Recurso de Apelacion, deduciendo la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 5188-2013-MTC/15; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0322014-MTC/02 de fecha 11 de febrero de 2014, en su Articulo Primero, dispone: Declarar fundado en parte el recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 5188-2013-MTC/15, y, en consecuencia, nula la citada resolucion por encontrarse incursa en la causal de nulidad en el numeral 2 del articulo 10º de la ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, en su Articulo MORDAZA, determina: Retrotraer el procedimiento administrativo hasta que la DGTT expida un MORDAZA pronunciamiento debidamente motivado respecto a la solicitud formulada por la empresa, sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores; Que, mediante Parte Diario Nº 048322 de fecha 17 de marzo de 2014, La Empresa solicita celeridad en el tramite, a fin que se de cumplimiento a lo resuelto en la Resolucion Viceministerial Nº 032-2014-MTC/02; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 26552014-MTC/15 de fecha 23 de junio de 2014, la DGTT declaro procedente la solicitud presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES LOS PROFESIONALES AL VOLANTE E.I.R.L., a fin que se autorice el funcionamiento como Escuela de Conductores Integrales, por haber cumplido con los requisitos de ley; Que, mediante Memorandum Nº 1395-2014MTC/02.AL.AAH de fecha 08 de MORDAZA de 2014 el asesor del despacho del Viceministro de Transportes devolvio a la DGTT la Resolucion Directoral Nº 26552014-MTC/15 de fecha 23 de junio de 2014 y sus antecedentes a fin que se revise la resolucion en mencion y se precise si el Circuito de Manejo objeto del convenio suscrito entre la Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. y la Empresa denominada Escuela de Conductores Integrales Los Profesionales al Volante E.I.R.L., cuenta con las caracteristicas tecnicas establecidas en la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15; Que, el literal b) del numeral 7.2 del articulo 7º de El Reglamento, senala que es competencia de gestion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar la

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