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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 111

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014 532305 Artículo 6º.- Requisitos y documentos a presentar En los casos en que la cobranza de las obligaciones materia del pago en especie se encuentren en la vía de cobranza coactiva, se deberán cancelar previamente a la presentación de la solicitud, el total de las costas del procedimiento. Cuando existan recursos administrativos en trámite ante la municipalidad o el Tribunal Fiscal u otros procesos seguidos ante el Poder Judicial, el solicitante deberá desistirse de su pretensión. Tratándose de obligaciones no tributarias y de haberse dispuesto medida complementaria, ésta debe encontrarse subsanada o por lo menos haberse iniciado las acciones para ello previo a la solicitud de pago en especie. A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos: 1. Copia del documento de identidad del solicitante (titular de la obligación) o representante legal, de corresponder. 2. Poder con documento público o privado con fi rma legalizada o fedateada por fedatario municipal, en caso de actuar por representación. En el caso de ofrecimiento de bienes, el documento deberá facultar al representante a realizar su transferencia en propiedad a favor de la municipalidad. 3. Ficha y/o partida registral completa y actualizada otorgada por los Registros Públicos que el bien materia de la dación se encuentra libre de gravámenes y que es propiedad del solicitante. 4. Curriculum vitae documentado y fi cha R.U.C. expedida por la SUNAT, tratándose del ofrecimiento de servicios. 5. Certifi cado de constatación policial que acredite que el inmueble se encuentra desocupado. 6. Peritaje no mayor a treinta (30) días calendario que establezca el valor de tasación comercial del bien inmueble ofrecido efectuado por la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 7. Copia legalizada del escrito de desistimiento de la pretensión presentado ante el órgano correspondiente. En los casos en que el recurso se encuentre en trámite ante la municipalidad sólo deberá indicarse el número del documento asignado a su escrito de desistimiento. Para efectos de la presentación de la solicitud de desistimiento serán aplicables las normas contenidas en el Texto Único Ordenado del Código Tributario y en el Código Procesal Civil según corresponda. 8. Copia de los últimos tres (03) recibos de servicios de telefonía fi ja, agua o energía eléctrica que acredite el domicilio fi jado en la solicitud. 9. Fotografías actualizadas de los bienes ofrecidos. Artículo 7º.- Del procedimiento El procedimiento de tramitación de la solicitud para acogerse al presente benefi cio es el siguiente: 7.1. El interesado deberá presentar la solicitud ante la Mesa de Partes de la municipalidad observando los requisitos y presentando los documentos que correspondan de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente. 7.2. En caso de no cumplir con lo estipulado en el numeral anterior, la Mesa de Partes orientará al solicitante sobre las omisiones o defectos en su presentación. Si se insiste en dejar la solicitud, ésta será recibida, bajo condición de ser subsanados los requisitos que no puedan ser salvados de ofi cio, en el plazo máximo de dos (02) días hábiles, anotándose en el original y la copia dicha circunstancia. 7.3. Observada la solicitud ésta deberá permanecer en custodia de la Mesa de Partes de la municipalidad hasta el vencimiento del plazo otorgado. Transcurrido el plazo sin que ocurra la subsanación, la municipalidad considerará como no presentada la solicitud y la devolverá con sus recaudos cuando el interesado se apersone a reclamarlas. 7.4 Ingresada la solicitud o formulada la subsanación debidamente, está será derivada a la Subgerencia de Recaudación para que determine en forma diferenciada el estado de las obligaciones del solicitante, precisando los montos por impuestos, tasas, contribuciones y en su caso, deudas no tributarias. 7.5. Informadas las obligaciones a cargo del solicitante, el expediente será derivado a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, a efectos de que se determine si existe necesidad o no de contar con el bien o el servicio ofrecido por el interesado. Si se determina que no existe la necesidad, se remitirá el expediente a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la elaboración de la resolución de alcaldía, a fi n de ser remitida al despacho de Alcaldía. 7.6. Si se determina la existencia de la necesidad del ofrecimiento, se remitirá la documentación a la posible área usuaria del bien y/o servicio ofrecido, para que determine con claridad si las características técnicas del bien y/o servicio ofrecido satisfacen la necesidad de los mismos, lo que deberá suceder en el término perentorio de cinco (5) días hábiles, sin perjuicio de la verifi cación del estado en que se encuentra el bien ofrecido en pago. Asimismo el área usuaria deberá informar el plazo en el cual se estima se deberá hacer entrega efectiva del bien o iniciar la prestación del servicio ofrecido. 7.7. Efectuada la verifi cación señalada en el numeral anterior, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial previa indagación del mercado determinará el valor referencial del bien y/o servicio. Tratándose de bienes inmuebles, el precio se determinará con el valor del autovalúo del mismo o el valor de la tasación comercial efectuado por la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el que resulte mayor; y enviará el expediente de dación de pago en especie a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la elaboración de la resolución de alcaldía, a remitirse al despacho de Alcaldía. La resolución deberá señalar el plazo dentro del cual deberá ponerse a disposición el bien ofrecido o iniciar la ejecución de la prestación del servicio. Asimismo, autorizará a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial a comunicar al solicitante la pérdida del derecho de pagar en especie, en los casos en que se verifi case alguno de los supuestos previstos para tal efecto en la presente norma. 7.8 La notifi cación de la resolución de alcaldía será remitida al interesado de forma personal. 7.9 Entregado el bien y/o prestado el servicio, la unidad orgánica que supervisa ello de acuerdo a sus competencias, dará cuenta de la entrega del bien o de la conformidad del servicio, según corresponda, a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial. En el caso de bienes sujetos a inscripción en los Registros Públicos o cuya transferencia se encuentra sujeta al cumplimiento de formalidades, sólo se podrá otorgar la conformidad luego de la inscripción de la transferencia en los Registros Públicos a favor de la municipalidad o de cumplidas las formalidades establecidas en las disposiciones normativas de la materia. Los servicios estarán sujetos a un sistema de supervisión y evaluación permanente por personal designado de la unidad usuaria, orientado a verifi car la conformidad de los mismos en función a las condiciones técnicas establecidas. 7.10. Una vez otorgada la conformidad, se enviará el expediente a la Subgerencia de Recaudación a efectos de la cancelación de las obligaciones materia del pago en especie en forma total o parcial. En caso que el valor del bien y/o servicio sobrepase el monto de las obligaciones, el exceso será considerado como pago a cuenta de futuras obligaciones. Artículo 8º.- De la fecha de pago Para todos los casos, se considerará como fecha de pago la de otorgamiento de conformidad del área usuaria. Artículo 9º.- De los gastos El solicitante deberá asumir los gastos que se originen por los riesgos, seguridad e integridad del envío, trámites de inscripción, registro, regularización y saneamiento en general del bien ofrecido en pago, así como los gastos que sean necesarios para la prestación del servicio ofrecido en pago. Artículo 10º.- De la pérdida y sus efectos Se perderá el derecho a pagar las obligaciones señaladas en el artículo 2 de la presente ordenanza, mediante la entrega de bienes o la prestación de servicios cuando ocurra cualquiera de los siguientes supuestos: