Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2014 (11/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014

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a la normatividad contenida en la ley de la materia, en consecuencia se recomienda su aprobacion, debiendose elevar los actuados al Consejo Municipal, recomendandose previamente subsanar las observaciones planteadas en la parte considerativa del presente informe; Que, mediante Informe N° 182-2014-GDU/MC la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, manifiesta que a cumplido con subsanar las observaciones planteadas en el Informe N° 331-2014-GAJ-MDC emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos y proseguir con el tramite respectivo; Que, mediante Informe N° 614-2014-GAJ-MDC la Gerencia de Asuntos Juridicos, Opina que habiendose levantado las observaciones planteadas respecto al Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 397MDC, se encuentra conforme a la normatividad contenida en la ley de la materia, en consecuencia se recomienda su aprobacion, debiendose elevar los actuados al Consejo Municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas pertinentes, con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 397-MDC, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACION DE PLANOS PARA DOTACION DE SERVICIOS BASICOS A POSESIONES INFORMALES Y/O ORGANIZACIONES SOCIALES UBICADAS EN EL DISTRITO DE COMAS. Articulo Primero.- MODIFICACION de articulos de la Ordenanza N° 397-MDC. Modificanse los articulos MORDAZA del Titulo I Disposiciones Generales y Decimo del Capitulo III Del Procedimiento de la Ordenanza N° 397-MDC, en los siguientes terminos: Articulo Sexto.- CONDICIONES ESPECIFICAS PARA VISACION DE PLANOS PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS. No se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente ordenanza aquellas posesiones que: a. Se encuentran en areas correspondientes a Vias Publicas o areas de uso publico. b. Se encuentran en areas inscritas como Equipamiento de Salud y/o Educacion. c. Se encuentran en Zonas Arqueologicas calificadas por el Instituto Nacional de Cultura (INC). d. Se encuentran en areas identificadas como Zonas de Riesgo. e. Se encuentran en areas identificadas como Areas Naturales Protegidas (ANP) por el MINAM. f. Se encuentran dentro de las distancias minimas a redes Electricas e Instalaciones indicadas en el Decreto Ley N° 25844 ­ Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM y el Codigo Nacional de Electricidad. g. Se encuentran dentro de las distancias minimas de Seguridad que determine SEDAPAL, respecto a tuberias, reservorios o cualquier otra instalacion que esta indique. Articulo Decimo.DEL PROCEDIMIENTO VISACION DE PLANOS PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS. El procedimiento administrativo de Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos es el siguiente: 1. El interesado debera cumplir con los requisitos enumerados en el Articulo MORDAZA y Octavo de la presente ordenanza al momento de la MORDAZA de la solicitud. 2. Para proceder a la solicitud de acuerdo a lo establecido en el Articulo MORDAZA, las personas naturales o juridicas constituidos bajo cualquier forma asociativa, deberan encontrarse posesionados y con vivencia permanente por lo menos del 60% de los posesionarios. 3. El personal tecnico de la Sub Gerencia de Urbanismo y Catastro procedera a verificar en la base

POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Ordinaria del 11.08.2014; el Dictamen N° 13-2014-CDUMDC de la Comision de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 061-2014-AL-GDU/MC de fecha 21.03.2014, emitido por el Abogado de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 129-2014-GDU/MDC emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 331-2014-GAJ-MDC de fecha 21.04.2014, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; el Informe N° 182-2014-GDU/MC de fecha 28.04.2014 emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 614-2014-GAJ-MDC de fecha 19.06.2014 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; la Carta N° 19-2014-CDU/RJER/MDC de fecha 05.08.2014, emitido por el Regidor MORDAZA MORDAZA Egusquiza MORDAZA, Presidente de la Comision de Desarrollo Urbano; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 195° de la Constitucion Politica del Estado, estipula que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que tienen competencia , para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; asi como tambien para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello concordante con el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, el Articulo 24° de la Ley de Desarrollo y Completaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos N° 28687, determina la factibilidad de servicios basicos en los terrenos ocupados por posesiones informales a las que se refiere el Articulo 3° de la misma ley; Que, el 29 de Noviembre de 2013 se publico en el Diario Oficial el Peruano la Ordenanza N° 397-MDC que regula el procedimiento administrativo de visacion de planos para la dotacion de servicios basicos para posesiones informarles y/o organizaciones sociales ubicadas en el Distrito de Comas, con el objetivo de facilitar el acceso de la poblacion de Comas a los servicios basicos de luz, agua y desague, a fin de beneficiar a los poseedores informarles de predios de uso residencial ubicados en Asentamientos Humanos, Pueblos Jovenes, Asociaciones y Cooperativas de Vivienda del Distrito de Comas, correspondientes a terrenos que no cuenten con habilitacion MORDAZA y que a la fecha no cuenten con dotacion de servicios basicos; Que, mediante Informe Nº 061-2014-AL-GDU/MC el Abogado de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, realiza las observaciones de la Ordenanza N° 397-MDC y del contenido de la Ley de Desarrollo y Completaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos N° 28687; Que, mediante Informe N° 129-2014-GDU/MDC la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remite el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 397-MDC, que regula el procedimiento administrativo de visacion de planos para la dotacion de servicios basicos para posesiones informarles y/o organizaciones sociales ubicadas en el Distrito de Comas, para su revision, aprobacion y tramite respectivo; Que, mediante Informe N° 331-2014-GAJ-MDC la Gerencia de Asuntos Juridicos, Opina, porque el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 397-MDC, que regula el procedimiento administrativo de visacion de planos para la dotacion de servicios basicos para posesiones informarles y/o organizaciones sociales ubicadas en el Distrito de Comas, se encuentra conforme

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