NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 112
El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014 532306 1. Por pérdida del bien por culpa del solicitante o la imposibilidad sobreviniente de la prestación del servicio. 2. Cuando los bienes entregados o los servicios prestados no cumplan con las características señaladas en la solicitud. 3. Cuando se detecte que el solicitante no cumple efi cientemente con los servicios ofrecidos. 4. Cuando se detecte que usa el nombre de la Institución para realizar actos de provecho particular o a favor de terceros. 5. Por interponer recurso impugnativo o demanda contenciosa administrativa, acción de amparo o cualquier otra acción o proceso ante el Poder Judicial o ante órganos administrativos respecto de la deuda acogida a esta modalidad de pago. 6. Por no mantener la confi dencialidad de la información a la cual haya tenido acceso durante la ejecución del servicio prestado. Verifi cada alguna de las causales señaladas, el área usuaria, de ser el caso, comunicará a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, quien deberá comunicar al solicitante la pérdida del derecho a pagar en bienes y/o servicios. Asimismo, comunicará tal hecho a la Subgerencia de Recaudación y al área de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria, a efectos de que proceda a la cobranza de la deuda objeto del pago en especie. Artículo 11º.- Incorporación de los bienes Otorgada la conformidad en la entrega de bienes, éstos se incorporarán al patrimonio de la Municipalidad de Mirafl ores, de conformidad con las normas que rigen la administración de los bienes de los gobiernos locales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogación expresa Deróguese la Ordenanza Nº 197, así como toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Segunda.- Facultades reglamentarias Facúltese al Alcalde a fi n que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- Aplicación de otros benefi cios El pago en bienes o servicios no es compatible con la aplicación de otros benefi cios tributarios. Cuarta.- Cumplimiento Encárguese el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y a sus subgerencias, así como a la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, según sus competencias. Quinta.- Vigencia La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1135257-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2014/MDSMP San Martín de Porres, 3 de setiembre del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 351-MDSMP (18. SETIEMBRE.2013), ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 2477 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas ambas normas en el diario ofi cial El Peruano con fecha 24.NOVIEMBRE.2013, se aprueba el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización (Informe Nº 089-2014-SGPR-GPP/ MDSMP) alcanza el proyecto de modifi cación parcial del TUPA de esta corporación municipal, a fi n de dar cumplimiento a la Resolución Nº 0497-2014/STCEB- INDECOPI de fecha 26.AGOSTO.2014, sobre modifi cación del TUPA de la entidad, respecto al Procedimiento Nº 3.1.13, cuyo texto dice: AFICHES O BANDEROLAS DE CAMPAÑAS Y EVENTOS TEMPORALES (HASTA TRES MESES), debiendo decir: AFICHES O BANDEROLAS DE CAMPAÑAS Y EVENTOS TEMPORALES, conforme al Anexo adjunto y que formará parte integrante de la presente norma municipal; lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1279-2014-GAJ/MDSMP; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27979 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 38, numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General; DECRETA Artículo Primero.- MODIFICAR PARCIALMENTE el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conforme al Anexo adjunto y que forma parte integrante del presente decreto; por los motivos expuestos en la parte considerativa de esta norma municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las áreas administrativas de esta corporación municipal el estricto cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de esta norma municipal conforme a la normatividad legal vigente; poniéndose asimismo en conocimiento de las instancias competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1135504-1 Aprueban e inscriben habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 191-2014/MDSMP San Martín de Porres, 28 de agosto del 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe Nº 391-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno constituido por la Parcela 10282 del ex Fundo Santa Rosa que según la Ficha Registral