Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2014 (17/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS; Con las visaciones de la Viceministra de la Mujer, de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual -PNCVFS, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Comunicacion; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 28874- Ley que Regula la Publicidad Estatal, el Decreto Legislativo N° 1098 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0032012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS", correspondiente a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer que la presente Resolucion y su anexo MORDAZA publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe) Articulo 3.- La Oficina de Comunicacion sera la responsable del seguimiento y evaluacion permanente del cumplimiento de los objetivos y metas considerados en el "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 ­ PNCVFS", aprobado por la presente Resolucion, debiendo informar de ello a la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1138133-1

El Peruano Miercoles 17 de setiembre de 2014

Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto", adoptada el 08 de diciembre de 2012, en la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar. Articulo 2º.- De conformidad con los articulos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la referida Enmienda, asi como su fecha de entrada en vigencia. Articulo 3º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1138508-1

Ratifican Acuerdo suscrito con la Secretaria General de la OEA relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Regionales y Municipales del 5 de octubre de 2014
DECRETO SUPREMO Nº 040-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Regionales y Municipales del 5 de octubre de 2014, suscrito el 4 de setiembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la "Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto"
DECRETO SUPREMO Nº 039-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto", fue adoptada el 08 de diciembre de 2012, en la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar;

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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