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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532645 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor MANUEL EZEQUIEL ARMAS ASCATE, como representante de los trabajadores de la industria de la construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Ratifi car la designación del señor ARMANDO PAULINO YNTI MALDONADO, como representante de los trabajadores de la industria de la construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 3.- Designar al señor PORFIRIO FIDEL BUITRON ESPINOZA, como representante de los trabajadores de la industria de la construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1138421-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina y los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 637-2014 MTC/02 Lima, 12 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 506-2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 286- 2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Trans American Airlines S.A. y Servicios Aéreos de los Andes S.A.C. han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de setiembre de 2014, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Trans American Airlines S.A. y Servicios Aéreos de los Andes S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 506- 2014-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Informe Nº 286-2014-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30114, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: - Señor José Roger Pinedo Bastos, del 26 y 27 de setiembre de 2014, a la ciudad de Ezeiza, Buenos Aires, República Argentina. - Señor Luis Miguel Martín Milagros Zúñiga Campodónico, del 26 al 29 de setiembre de 2014, a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América. De acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 506-2014-MTC/12.04 y Nº 286-2014-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, respectivamente.. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Trans American Airlines S.A. y Servicios Aéreos de los Andes S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de