Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2014 (17/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 17 de setiembre de 2014

532639
Que, mediante la Nota N° 457-2014-MIMP/PNCVFSDE la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual solicita la aprobacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS", el mismo que cuenta con opinion tecnica favorable por parte de la Unidad de Prevencion y Promocion Contra la Violencia Familiar y Sexual y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informes Nº 044-2014/ PNCVFS-UPPIFVFS-EMMV, N° 078-2014/PNCVFSUPPIFVFS-EMMV y Nº 031-2014-MIMP-PNCVFS/UPP, respectivamente; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Planeamiento en el Informe N° 59-2014-MIMP/OGPP-OP-NUA ha determinado que la campanas contenidas en el "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS" se encuentran alineadas a las Politicas y Planes del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables y contribuyen al Objetivo Estrategico General 2 "Mujeres ejercen sus derechos en igualdad de condiciones y oportunidades para lograr la igualdad de genero y reducir la violencia familiar, sexual y otras forma de violencia de genero" y Objetivo Estrategico Especifico 9 "Reducir la violencia familiar, sexual y otras formas de violencia de genero" del Plan Estrategico Sectorial Multianual PESEM 2013-2016; Que, asimismo la citada Oficina General a traves de la Oficina de Presupuesto e Inversiones en el Informe N° 425-2014-MIMP/OGPP-OPI ha determinado que el mencionado Plan sera cubierto con el monto de S/. 1 918 785,00 que tiene asignado el Programa Presupuestal 0080 Lucha Contra la Violencia Familiar, partida de gasto 2 3 2 2 4 1 Servicio de Publicidad; Que, del mismo modo la Oficina de Comunicacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su Informe N° 011-2014-MIMP-SG-OC ha emitido la respectiva opinion tecnica favorable para la aprobacion del mencionado Plan; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS" formulado

Vistos, el Informe N° 011-2014-MIMP-SG-OC de la Oficina de Comunicacion, el Informe N° 59-2014-MIMP/ OGPP-OP-NUA de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 425-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota N° 457-2014-MIMP/PNCVFS-DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28874 - Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinaran al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y television; Que, el literal a) del articulo 3 de la precitada Ley dispone que, para la autorizacion de la realizacion de publicidad estatal, debe cumplirse con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual es una Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y tiene entre sus objetivos el de formular, disenar, promover y ejecutar planes, proyectos y programas de prevencion y atencion, ademas de promover acciones de proteccion y recuperacion frente a la violencia familiar y sexual; asi como la generacion del conocimiento de la problematica y la promocion de relaciones democraticas entre varones y mujeres; entre sus funciones se encuentra la de "ejecutar y evaluar estrategias de fortalecimiento de capacidades, informacion, educacion no formal, comunicacion, promocion y difusion a nivel nacional en las materias de su competencia;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.