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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532639 Vistos, el Informe N° 011-2014-MIMP-SG-OC de la Ofi cina de Comunicación, el Informe N° 59-2014-MIMP/ OGPP-OP-NUA de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 425-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota N° 457-2014-MIMP/PNCVFS-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28874 - Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, el literal a) del artículo 3 de la precitada Ley dispone que, para la autorización de la realización de publicidad estatal, debe cumplirse con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual es una Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y tiene entre sus objetivos el de formular, diseñar, promover y ejecutar planes, proyectos y programas de prevención y atención, además de promover acciones de protección y recuperación frente a la violencia familiar y sexual; así como la generación del conocimiento de la problemática y la promoción de relaciones democráticas entre varones y mujeres; entre sus funciones se encuentra la de “ejecutar y evaluar estrategias de fortalecimiento de capacidades, información, educación no formal, comunicación, promoción y difusión a nivel nacional en las materias de su competencia; Que, mediante la Nota N° 457-2014-MIMP/PNCVFS- DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual solicita la aprobación del “Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS”, el mismo que cuenta con opinión técnica favorable por parte de la Unidad de Prevención y Promoción Contra la Violencia Familiar y Sexual y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informes Nº 044-2014/ PNCVFS-UPPIFVFS-EMMV, N° 078-2014/PNCVFS- UPPIFVFS-EMMV y Nº 031-2014-MIMP-PNCVFS/UPP, respectivamente; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Planeamiento en el Informe N° 59-2014-MIMP/OGPP-OP-NUA ha determinado que la campañas contenidas en el “Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS” se encuentran alineadas a las Políticas y Planes del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables y contribuyen al Objetivo Estratégico General 2 “Mujeres ejercen sus derechos en igualdad de condiciones y oportunidades para lograr la igualdad de género y reducir la violencia familiar, sexual y otras forma de violencia de género” y Objetivo Estratégico Específi co 9 “Reducir la violencia familiar, sexual y otras formas de violencia de género” del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2013-2016; Que, asimismo la citada Ofi cina General a través de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones en el Informe N° 425-2014-MIMP/OGPP-OPI ha determinado que el mencionado Plan será cubierto con el monto de S/. 1 918 785,00 que tiene asignado el Programa Presupuestal 0080 Lucha Contra la Violencia Familiar, partida de gasto 2 3 2 2 4 1 Servicio de Publicidad; Que, del mismo modo la Ofi cina de Comunicación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su Informe N° 011-2014-MIMP-SG-OC ha emitido la respectiva opinión técnica favorable para la aprobación del mencionado Plan; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS” formulado