Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2014 (19/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 19 de setiembre de 2014

532891
RESUELVE: NOTIFICAR A: presente Resolucion en el MORDAZA web de la Gerencia de Transporte Urbano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Transporte MORDAZA 1138611-1

DOCUMENTO: Carta Nº 352-2014MML/GTU (02.07.2014) (Ref.: D.S. N° 211523-2013)

Informa que el ultimo MORDAZA MORDAZA dia para presentar la MORDAZA subsanacion fue el dia 14 de marzo del 2014. No obstante, de la revision del Sistema de GESTION Documentaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (GESDOC), se advierte que usted no ha cumplido con subsanar la observacion formulada dentro del plazo otorgado, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento establecido en la Carta N° 152-2014-MML/GTU; en consecuencia, esta Gerencia ha dispuesto el archivo de la denuncia presentada por usted, de conformidad con el numeral 6.7 de la Directiva N° 007-2012MML/GTU. Informa que el ultimo dia para presentar la subsanacion fue el dia 14 de marzo del 2014. No obstante, de la revision del Sistema de GESTION Documentaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (GESDOC), se advierte que usted no ha cumplido con subsanar la observacion formulada dentro del plazo otorgado, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento establecido en la Carta N° 152-2014-MML/GTU; en consecuencia, esta Gerencia ha dispuesto el archivo de la denuncia presentada por usted, de conformidad con el numeral 6.7 de la Directiva N° 007-2012MML/GTU. Informa que el ultimo dia para presentar la subsanacion fue el dia 14 de marzo del 2014. No obstante, de la revision del Sistema de GESTION Documentaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (GESDOC), se advierte que usted no ha cumplido con subsanar la observacion formulada dentro del plazo otorgado, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento establecido en la Carta N° 152-2014-MML/GTU; en consecuencia, esta Gerencia ha dispuesto el archivo de la denuncia presentada por usted, de conformidad con el numeral 6.7 de la Directiva N° 007-2012MML/GTU. MORDAZA Admias MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Crean el Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes en el distrito de Barranco
ORDENANZA Nº 413-MDB Barranco, 28 de agosto del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha VISTOS: El Oficio Circular Nº 03-2014-MML/GDS, registrado como Expediente Nº 6140-M-2014, remitido por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Metropolitana de Lima; El Informe Nº 004-2014-LMQADEMUNA/GDHS/MDB, de fecha 17 de junio del 2014, emitido por la DEMUNA-Barranco; El Informe Nº 1572014-GDHYS-MDB, de fecha 03 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; El Informe Nº 279-2014-GAJ-MDB, de fecha 23 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; El Memorandum Nº 603-2014-GM-MDB, de fecha 30 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia Municipal ; y El Dictamen Nº 005-2014-CSBSPV-MDB, de fecha 25 de agosto del 2014, emitido por la Comision de Salud, Bienestar Social y Participacion Vecinal, respecto al proyecto de Ordenanza que crea el Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes del distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 4º prescribe que la comunidad y el Estado protegen al MORDAZA y el adolescente, asi tambien, en su articulo 2º, numeral 17), establece que toda persona tiene derecho a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica y cultural de la nacion; Que, el articulo 13º del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado por la Ley Nº 27337, establece que el MORDAZA y adolescente tienen la MORDAZA de asociarse con fines licitos y reunirse pacificamente, y que solo los adolescentes podran constituir persona juridicas de caracter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los ninos adherirse a dichas asociaciones, y que estas asociaciones son reconocidas por los gobiernos Locales y pueden inscribirse en los Registros Publicos por el solo merito de la Resolucion Municipal de reconocimiento; El articulo 73º, numeral 6.4) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que es competencia municipal, en materia de servicios sociales locales, difundir y promover los derechos del MORDAZA, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participacion a nivel de instancias municipales; Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, en su articulo 12º establece que los Estados Partes garantizan a las ninas y ninos que esten en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su

Carta Nº 353-2014MML/GTU (02.07.2014) (Ref.: D.S. N° 256949-2013)

Carta Nº 355-2014MML/GTU (02.07.2014) (Ref.: D.S. N° 228724-2013)

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Establecer que los administrados, sus representantes o su abogado, pueden acceder a los documentos detallados en el Articulo 1° de la presente Resolucion, en la oficina en que se encuentre el expediente, de conformidad con lo establecido en el articulo 160° de la Ley N° 27444. Articulo 3º.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion del contenido de la

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