Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2014 (21/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA 21 de setiembre de 2014

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desigualdades educativas, informacion que permitira una retroalimentacion para la evaluacion de resultados del SNB. i) Constituir un Comite de Coordinacion permanente entre la BNP y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, para establecer los aspectos especificos (indicadores, criterios, valores) de la medicion, mediante encuestas nacionales, aplicadas cada cuatro anos, de los habitos de lectura de la poblacion MORDAZA al soporte bibliotecario. j) Impulsar la creacion de los Centros Coordinadores Regionales de Bibliotecas, en todo el territorio nacional, a traves de la suscripcion de convenios y compromisos con los gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades publicas, segun corresponda, y coordinar las disposiciones contenidas en el articulo 5, literales c) y d). k) Suscribir acuerdos y convenios con entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales, para facilitar el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas. l) Acopiar y sistematizar los Planes de desarrollo de bibliotecas por cada Region y elaborar Reportes anuales para su difusion publica. m) Promover la profesionalizacion tecnica bibliotecaria de los encargados y personal de las bibliotecas y redes de servicios bibliotecarios. n) Impulsar la creacion y difusion de la MORDAZA tecnica de bibliotecario, estableciendo, en coordinacion con el Ministerio de Educacion, el perfil de la MORDAZA, los planes de estudio (unidades de competencia, desempenos tecnico-profesionales, criterios de desempeno, dominio tecnico-profesional), las certificaciones modulares, los aspectos metodologicos, materiales de estudio y sistema de evaluacion. o) Fortalecer su capacidad institucional para gestionar el Sistema Nacional de Bibliotecas, el mismo que dispone de unidades organicas necesarias para la emision de normas tecnicas, gestion de los proyectos, registros, atencion a los centros coordinadores, investigacion sobre habitos de lectura, formacion y capacitacion bibliotecaria; asi como tambien la administracion de los beneficios tributarios para la industria del libro. p) Desarrollar una plataforma tecnologica moderna, flexible y transparente para articular y coordinar las acciones de los diversos componentes del Sistema Nacional de Bibliotecas, e intercambiar y difundir servicios y productos, a efectos de ampliar la cobertura de los servicios bibliotecarios, el acceso a la informacion y a los materiales de lectura, especialmente en los lugares donde se encuentran las poblaciones vulnerables. CAPITULO V ESTANDARES E INDICADORES DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS Articulo 16.- El Sistema Nacional de Bibliotecas desarrollara, aprobara e implementara estandares e indicadores de calidad para las bibliotecas integrantes del SNB, a fin de garantizar su optimo funcionamiento en todas sus areas, procesos y servicios. Articulo 17.- El SNB definira los estandares de calidad y eficacia exigibles a las bibliotecas y servicios bibliotecarios que lo conforman, en los siguientes aspectos: a) Infraestructura (ubicacion, diseno, materiales, accesibilidad, entre otros). b) Mobiliario (estanteria, mesas, sillas entre otros). c) Equipamiento tecnologico (fotocopiadoras, computadoras, proyector multimedia, software, internet entre otros). d) Equipos audio visuales (televisor, equipo de audio y video, camara fotografica e) Colecciones y repositorios (colecciones basicas, tasa de libros por habitante, grado de actualizacion, estado de conservacion, entre otros), criterios que se aplicaran tambien para los repositorios digitales. f) Organizacion tecnica (catalogos fisicos y en linea, bases de datos, procesos tecnicos y otros). g) Servicios (tipos, condiciones, horarios, entre otros). h) Usuarios (perfil de usuarios, atencion a usuarios

sociales a traves de planes, programas y proyectos de desarrollo a nivel nacional, regional y local orientados a convertir a las bibliotecas en espacios de inclusion social, ciudadania activa y desarrollo humano. e) Propiciar el uso y aplicacion intensiva de los recursos que ofrecen las modernas tecnologias de la informacion y las comunicaciones para mejorar los sistemas, procesos y servicios bibliotecarios. f) Promover, cumplir y hacer cumplir las normas para la proteccion del patrimonio cultural bibliografico y documental existentes en la BNP y en las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, lo que incluye: libros, libros electronicos, materiales hemerograficos, manuscritos, fondos audiovisuales, productos editoriales afines, materiales especiales, como dibujos y grabados, musica impresa, fotografias, carteles, mapas, micro imagenes y otros, a fin de garantizar su conservacion y actualizacion. g) Promover, monitorear y evaluar la aplicacion de estandares e indicadores de calidad para el funcionamiento de las bibliotecas integrantes del SNB, tanto en su gestion, procesos y servicios bibliograficos, como en sus resultados. Asi como sus fondos bibliograficos, criterios de seleccion y procesos de adquisicion de dichos fondos. h) Establecer estandares minimos de calidad respecto a las instalaciones con que deben contar las bibliotecas a nivel nacional, a efectos de asegurar ambientes adecuados para el logro de los objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas. i) Promover, apoyar y coordinar programas y acciones de fomento y difusion del habito de lectura, en coordinacion con los sectores competentes. j) Promover la implementacion de planes, programas y proyectos de desarrollo de servicios bibliotecarios como centros de informacion para el aprendizaje no formal, focalizados en zonas rurales, comunidades nativas, comunidades campesinas y poblaciones vulnerables, en coordinacion con los programas sociales. k) Desarrollar estrategias de incremento de los fondos bibliograficos de las bibliotecas integrantes del SNB y promover el cumplimiento y la aplicacion de la Ley de Deposito Legal (Ley N° 26905) y la Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura (Ley N° 28086). l) Propiciar y promover la creacion y sostenibilidad de bibliotecas y servicios bibliotecarios en los tambos comunales, en las zonas rurales y en las comunidades nativas. Articulo 15.- Son funciones de la Biblioteca Nacional del Peru como ente rector del SNB: a) Definir y proponer politicas publicas que aseguren la calidad de los servicios bibliotecarios a nivel nacional. b) Elaborar y aprobar el Plan Nacional de Desarrollo de Bibliotecas con el proposito de orientar la creacion y fortalecimiento de las bibliotecas y servicios bibliotecarios a nivel nacional. c) Proponer la creacion de programas y proyectos bibliotecarios de calidad a nivel nacional, que focalicen y prioricen a las comunidades campesinas, comunidades nativas, poblaciones vulnerables y de alto riesgo, promoviendo la inclusion social, construccion de una ciudadania activa y el desarrollo humano. d) Emitir normas tecnicas bibliotecologicas aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestion y su eficaz funcionamiento. e) Definir los estandares e indicadores de calidad para las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas. f) Fomentar, a nivel nacional, la obtencion de recursos financieros de la cooperacion tecnica, nacional e internacional, orientados al desarrollo y modernizacion de los Centros Coordinadores Regionales de Bibliotecas y las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas. g) Promover, apoyar y coordinar programas y acciones de fomento y difusion del habito de lectura desde las bibliotecas. h) Realizar la medicion nacional de habitos de lectura logrados en virtud a los servicios bibliotecarios, para conocer los avances en la reduccion de las

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