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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533028 Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a los Ofi ciales Superiores del Ejército del Perú, quienes se encuentran realizando el Programa del Alto Mando en la Escuela Superior de Guerra Naval - Escuela de Posgrado de la Marina de Guerra del Perú, para que participen en el viaje profesional a la Ciudad de Seúl – República de Corea y a la Ciudad de París – República Francesa, respectivamente, del 27 al 31 de octubre de 2014, así como autorizar la salida del país el 26 de octubre y su retorno el 01 de noviembre de 2014; de acuerdo al siguiente detalle: República de Corea Nº GRADO NOMBRES Y APELLIDOS DNI 01 CRL EP Benjamín Lincoln GUERRERO SILVA 09453177 República Francesa Nº GRADO NOMBRES Y APELLIDOS DNI 01 CRL EP Luis Fernando MARCHENA ARANA 08150684 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima – Seúl (República de Corea) – Lima (Clase económica) US$ 3,500.00 x 01 persona US$ 3,500.00 Lima – París (República Francesa) – Lima (Clase económica) US$ 3,500.00 x 01 persona US$ 3,500.00 Viáticos y asignaciones: US$ 500.00 x 05 días x 01 persona (27 al 31 Oct 14) US$ 2,500.00 US$ 540.00 x 05 días x 01 persona (27 al 31 Oct 14) US$ 2,700.00 Total a pagar: US$ 12,200.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal militar comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1140562-3 Autorizan viaje al exterior de oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 488-2014-DE/ Lima, 20 de setiembre de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-1543 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 18 de agosto de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa a la Embajada de Corea en el Perú, ha cursado invitación, para que UN (1) Ofi cial de la Marina de Guerra del Perú del grado de Alférez de Fragata, participe a bordo de la Unidad de Crucero de Entrenamiento (Cruise Training Task Group, ROK NAVY), de la Armada Coreana, del 18 de setiembre al 24 de diciembre de 2014; Que, el Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en Corea, ha informado a la Marina de Guerra del Perú, el itinerario que deberá cumplir el Personal Naval nombrado en el referido crucero, entre otros, arribar a la Isla de Guam, Estados Unidos de América, el 25 de setiembre de 2014; así como, retornar a la ciudad de Lima, República del Perú, el 24 de diciembre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Juan Carlos Abraham ADRIANZEN Perry, para que participe a bordo de la Unidad de Crucero de Entrenamiento (Cruise Training Task Group, ROK NAVY), de la Armada Coreana, debiendo embarcarse en la Isla de Guam, Estados Unidos de América, el 25 de setiembre de 2014, con arribo a los Puertos de Sydney, Mancomunidad de Australia; Wellington, Nueva Zelanda; Puerto Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea; Yakarta, República de Indonesia; Colombo, República Democrática Socialista de Sri Lanka; Chennai, República de la India; Birmada, República de la Unión de Myanmar; Dulang, Malasia; Ho Chi Minh, República Socialista de Vietnam; Manila, República de Filipinas; y Vladivostok, Federación de Rusia; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, la participación del mencionado Ofi cial Subalterno en el referido Crucero de Instrucción, responde a la necesidad de formar carácter y liderazgo de los Ofi ciales; así como, aprovechar y compartir las experiencias y conocimientos adquiridos con Ofi ciales y personal de diversas Armadas del mundo, conocer su idiosincrasia, formas de operación de sus unidades; lo que contribuirá signifi cativamente en su perfeccionamiento profesional, para luego ser aplicados en provecho de la Institución; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias efectuadas con los