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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533027 Segunda.- La Ley N° 30034 y su reglamento podrán aplicarse en lo que correspondan a las bibliotecas de las personas jurídicas de derecho privado, pudiendo éstas adecuarse a las normas del Sistema Nacional de Bibliotecas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Déjese sin efecto el Decreto Supremo Nº 033- 83-ED, así como las demás normas que se opongan al presente Reglamento. GLOSARIO Acreditación Es el reconocimiento formal y temporal de la calidad de una biblioteca que ha sido evaluada por un órgano competente, teniendo en cuenta estándares nacionales e internacionales Biblioteca Institución u organización que selecciona, reúne, organiza técnicamente, conserva y difunde información, contenidos y conocimiento a través de materiales bibliográfi cos, gráfi cos, audiovisuales electrónicos y digitales para atender las necesidades culturales, educativas o de investigación de los miembros de una comunidad o los de una institución de la que depende. Biblioteca pública Institución cultural de gestión estatal dedicada a brindar servicios bibliotecarios de información, lectura e investigación, a partir de la organización técnica de colecciones bibliográfi cas y documentales en soporte físico, electrónico, digital y otros. Asimismo, preserva el patrimonio cultural bibliográfi co, contribuyendo a su incremento y difusión. Centro Coordinador Regional de Bibliotecas Es una biblioteca que pertenece a un Gobierno Regional u otro organismo público, debidamente acreditado, que funciona como órgano de gestión y enlace técnico normativo entre el Sistema Nacional de Bibliotecas y los servicios bibliotecarios de su ámbito. Centro de documentación Organismo que desarrolla tareas de documentación e información y cuya función principal es la de compilar y distribuir la información producida por una institución. Estándar Criterio o medida de los requisitos mínimos que se establecen para determinar que los procesos y el funcionamiento de una biblioteca son de calidad. Evaluación Es un proceso formal de verifi cación, análisis y valoración de los resultados de la gestión de una biblioteca con relación a sus objetivos y a las necesidades de sus usuarios. Formación de usuarios Programas, actividades y estrategias que utilizan las bibliotecas para desarrollar en sus usuarios habilidades informativas y hábitos de lectura para que sepan aprovechar mejor los recursos puestos a su disposición. Norma técnica Especifi cación técnica aprobada por un organismo especializado de reconocido prestigio, nacional e internacional, que se convierte en un acuerdo vinculante para la comunidad e instituciones involucradas. Red de bibliotecas Conjunto de bibliotecas o de servicios bibliotecarios que, conservando su autonomía administrativa, se unen para conseguir una mejor oferta de servicios de acceso al conocimiento para la comunidad, mediante la mutua cooperación. 1140592-5 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a Corea y Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 484-2014-DE/EP Lima, 19 de setiembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 1685/DIEDOC/C-5.b, del 21 de julio de 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº G.1000-0279 del 20 de marzo de 2014, el Almirante Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, comunicó al General de Ejército Comandante General del Ejército, que la Escuela Superior de Guerra Naval - Escuela de Posgrado de la Marina de Guerra del Perú, dentro de sus actividades académicas como parte de la currícula del Programa de Alto Mando, tiene programada la realización de viajes profesionales, de sus alumnos, entre ellos (02) miembros del Ejército del Perú a la República de Corea y a la República Francesa, del 27 al 31 de octubre de 2014; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército, hace de conocimiento que el General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó que los dos (02) Ofi ciales Superiores, que se detalla en la parte resolutiva, quienes actualmente se encuentran realizando el Programa de Alto Mando en la Marina de Guerra del Perú, participen en el viaje profesional a la Ciudad de Seúl – República de Corea y a la Ciudad de París – República Francesa, del 27 al 31 de octubre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar del Ejército del Perú que se detalla en la parte resolutiva, lo cual permitirá al Ejército el Perú disponer de personal instruido en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional con estándares similares a países desarrollados; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad de la Comisión mencionada, es necesario autorizar su salida del país con UN (01) día de anticipación, así como su retorno UN (01) día posterior al término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y,