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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (15/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Miércoles 15 de abril de 2015 550611 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aceptan renuncia de Asesor I de la Dirección Ejecutiva de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 048-2015-COFOPRI/DE Lima, 13 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el artículo 1º de dicha Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2015- COFOPRI/DE de fecha 09 de enero de 2015, se designó al señor Martin Enrique Vásquez Guerrero, en el cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, mediante Carta s/n de fecha 10 de abril de 2015, el señor Martin Enrique Vásquez Guerrero, presentó su renuncia al cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, siendo su último día laborable el 13 de abril de 2015; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el señor Martin Enrique Vásquez Guerrero al cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 14 de abril de 2015, la renuncia presentada por el señor Martin Enrique Vásquez Guerrero, al cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA FERREYROS PAREDES Directora Ejecutiva 1223975-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia total para las unidades ejecutoras de la Región Cusco, correspondiente al mes de abril de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 083-2015/SIS Lima, 14 de abril de 2015 VISTOS: El Informe N° 003-2015-SIS/GNF-SGLP/ PHL con Proveído Nº 118-2015-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la programación de las transferencias a las unidades ejecutoras por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 157-2015-SIS/OGPPDO, que contiene la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0552 emitida por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 022-2015-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 149-2012/ SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 002-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Cálculo del Cápita”, que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología de cálculo del cápita para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud del primer nivel de atención brindadas a los benefi ciarios del SIS; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, propone la transferencia a las unidades ejecutoras de la Región Cusco a efectuarse en el mes de abril del 2015 para cubrir los conceptos de pago cápita e informa que el importe a transferir a cada unidad ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y, que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Que, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 157-2015-SIS/OGPPDO aprueba la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0552 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de las transferencias; Que, asimismo, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que se transfi eren a las Unidades Ejecutoras de la Región Cusco vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante su respectivo Pliego Presupuestal la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Contando con la visación de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos, de la