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El Peruano Jueves 16 de abril de 2015 550685 Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015- MC, a efectos de brindar una atención oportuna a los administrados; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General, la Directora General de Patrimonio Cultural, la Directora General (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DELEGAR en las Direcciones Desconcentradas de Cultura del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, la facultad de resolver los procedimientos administrativos N° 3 y 5 denominados “Revisión de propuestas de avisos y anuncios en Bienes Culturales Inmuebles Históricos” y “Autorización para la emisión de Licencia de Funcionamiento en Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”, respectivamente, así como el servicio prestado en exclusividad N° 3 denominado “Expedición de Certifi cado de Condición Cultural”; del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MC. Artículo 2°.- DISPONER que las Direcciones Desconcentradas de Cultura del Ministerio de Cultura, cumplan con los lineamientos técnicos y las directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea del Ministerio; así como, con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 3°.- Las Direcciones Desconcentradas de Cultura a quienes se les ha delegado facultades mediante la presente resolución, deberán informar trimestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Dicha información deberá ser remitida a la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1225054-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2015-DE/EP Lima, 15 de abril de 2015 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 141/DRIE/b.b, del 05 de enero de 2015, de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú es miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA), organismo regional más antiguo del mundo que fue fundado con el objetivo de lograr, como lo estipula el Artículo 1º de su Carta, con un orden de paz y de justicia, fomentar la solidaridad, robustecer la colaboración y defender la soberanía, la integridad territorial y la independencia de sus Estados Miembros; Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID), es una entidad de la Organización de Estados Americanos (OEA) que tiene la función de brindar asesoramiento técnico, consultivo y educativo a la propia Organización de Estados Americanos (OEA) y a sus Estados Miembros sobre temas relacionados con asuntos militares para contribuir a la Paz y Seguridad en las Américas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-2013- DE/, del 26 de febrero de 2013, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior al General de Brigada EP Marco Antonio Jaymez Rebosio, para que se desempeñe como “Jefe de la Representación Permanente del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID)”, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, por el período de dos (02) años, a partir del 01 de marzo de 2013, debiendo cesar en sus funciones el 01 de marzo de 2015; asimismo, mediante Resolución Suprema Nº 758-2014-DE/EP, del 29 de diciembre de 2014, el citado Ofi cial General fue pasado a la Situación Militar de Retiro, por la casual de Renovación, con fecha 01 de enero de 2015; Que, mediante el documento del visto, aprobado por el General de Ejército Comandante General del Ejército, se propuso la designación del General de Brigada EP Edgardo Zapata Lazo, como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos – OEA, a partir del 16 de abril de 2015, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América. Que, por Resolución Suprema Nº 083-2015/DE del 06 de marzo de 2015, se nombró al General de Brigada EP Edgardo Zapata Lazo, como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos - OEA, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, se dispuso que el gasto que demande el cumplimiento de la citada resolución se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con la normatividad vigente; Que, en ese sentido, resulta indispensable autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del General de Brigada EP Edgardo Zapata Lazo, con el objeto que se desempeñe en el cargo antes descrito, del 16 de abril de 2015 al 14 de abril de 2017, permitiendo contar con un Ofi cial General de experiencia en la Representación Permanente del Perú ante la OEA, en benefi cio de los intereses institucionales; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 16 de abril al 31 de diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, para completar el periodo de duración de la Comisión Especial en el Exterior del 01 de enero de 2016 al 14 de abril de 2017, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para los Años Fiscales respectivos; de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa, hijo y de su menor hija; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifi có el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 26, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas,