Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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resolucion aprobatoria de la transferencia entre entidades publicas tiene merito suficiente para su inscripcion en los Registros Publicos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Responsable del MORDAZA de extincion del PRONAA, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA y modificatorias; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la transferencia Aprobar la transferencia interestatal de propiedad predial a titulo gratuito, en el MORDAZA del articulo 62 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, del inmueble ubicado en la Mz. 17, Lote 04, Sector Chosica Norte, Distrito de La MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, con un area de 2000 m2, inscrito a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA en la Partida N° 02202353 del Registro de Predios de Chiclayo, con Registro SINABIP N° 163 del Libro de MORDAZA, y CUS N° 23312, a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 2º.- Inscripcion registral Declarar que la presente Resolucion Ministerial tiene merito suficiente para la inscripcion en los Registros Publicos de la transferencia predial autorizada en el articulo precedente, conforme a lo establecido en el articulo 68 del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA. Articulo 3º.- Reversion de dominio por incumplimiento del numeral 7.5 de la Directiva N° 0052013/SBN Establecer que la entidad adquirente del predio, en el plazo MORDAZA de dos (02) anos contados desde la notificacion de la presente resolucion, debera presentar el respectivo programa o proyecto de desarrollo o inversion, con los respectivos planes y estudios tecnicolegales para su ejecucion, y el documento expedido por el organo competente donde se garantice el financiamiento, bajo apercibimiento de reversion de dominio en caso de incumplimiento, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva N° 005-2013/SBN. Articulo 4º.- Reversion de dominio por incumplimiento del numeral 7.3 de la Directiva N° 0052013/SBN Establecer que la entidad adquiriente gestione y obtenga, en el plazo no mayor de un (01) ano, el cambio de zonificacion ante el Gobierno Local respectivo, a fin de que sea compatible con la finalidad para cual solicita la transferencia del predio, bajo apercibimiento de reversion de dominio, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.3 de la Directiva N° 005-2013/SBN. Articulo 5º.- Acciones Administrativas Disponer que la Responsable del MORDAZA de extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA actualice el Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP, de acuerdo con lo indicado en la presente resolucion ministerial, y adopte las acciones administrativas que correspondan. Articulo 6º.- Comunicacion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1224629-1

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican Anexo "Cronograma de Reuniones para la revision de la Programacion Multianual del Gasto Publico ­ Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales" de la Directiva N° 002-2015-EF/50.01 aprobada por R.D. N° 003-2015-EF/50.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2015-EF/50.01 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del articulo 13 de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 3 y 4 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, disponen que la Direccion General de Presupuesto Publico es el organo rector y constituye la mas alta autoridad tecniconormativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestion del MORDAZA presupuestario, asi como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, asimismo, el literal e) del articulo 4 del TUO de la Ley N° 28411 dispone que es atribucion de la Direccion General de Presupuesto Publico, la promocion del perfeccionamiento permanente de la tecnica presupuestaria; Que, mediante Resolucion Directoral N° 0032015-EF/50.01, se aprobo la Directiva N° 0022015-EF/50.01, "Directiva para la Programacion y Formulacion Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programacion Multianual", en cuyo Anexo N°1 "Cronograma de reuniones para la revision de la Programacion Multianual del Gasto Publico ­ Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales" se establecen las fechas para las reuniones con las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Que, el numeral 20.2 del articulo 20 de la mencionada Directiva establece que la propuesta de la Programacion Multianual del Gasto Publico, acompanado del Resumen Ejecutivo correspondiente, es presentada a la Direccion General de Presupuesto Publico a mas tardar dos (2) dias habiles anteriores a los senalados en los plazos para la reunion establecida en el Anexo N° 1 MORDAZA citado, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Presupuesto o Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, o los que MORDAZA sus veces; Que, diversos Pliegos de Gobiernos Regionales han solicitado ampliar los plazos para la MORDAZA de las propuestas de la Programacion Multianual del Gasto Publico; por lo que, a fin otorgar las facilidades a dichas entidades, es necesario modificar el Anexo mencionado en el considerando precedente; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13 de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3 y 4 del TUO de la Ley Nº 28411, y el articulo 17 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el numeral 2 del Anexo N° 1 "Cronograma de reuniones para la revision de la Programacion Multianual del Gasto Publico ­ Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales", correspondiente a los pliegos Gobiernos Regionales, de la Directiva N° 002-2015-EF/50.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programacion Multianual", aprobada mediante Resolucion Directoral N° 003-2015-

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