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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (16/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Jueves 16 de abril de 2015 550687 técnico, consultivo y educativo a la propia Organización de Estados Americanos (OEA) y a sus Estados Miembros sobre temas relacionados con asuntos militares para contribuir a la Paz y Seguridad en las Américas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-2013-DE/, del 26 de febrero de 2013, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Coronel EP Luis Eduardo Sotomayor Ríos, para que se desempeñe como “Ofi cial Adjunto al Jefe de la Representación Permanente del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID)”, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, por el período de dos (02) años, a partir del 01 de marzo de 2013, debiéndose cesar sus funciones el 01 de marzo de 2015; asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 1219-2014-DE/EP, del 29 de diciembre de 2014, fue pasado a la Situación Militar de Retiro, por la casual de Renovación, con fecha 01 de enero de 2015; Que, según Resolución Suprema Nº 084-2015/DE/ del 06 de marzo de 2015, resuelve en su artículo 1º.- nombrar al Coronel EP Edgardo Clodoaldo JIMENEZ BECERRA, como Consejero en temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos – OEA, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; artículo 2º.- el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con la normatividad vigente. Que, mediante el documento del visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Coronel EP Edgardo Clodoaldo Jimenez Becerra, para que se desempeñe como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos - OEA, a partir del 16 de abril de 2015, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, es conveniente para los intereses institucionales, nombrar al Coronel EP Edgardo Clodoaldo Jiménez Becerra, por cuanto las experiencias a adquirirse de nivel estratégico y el conocimiento de nuevas doctrinas, permitirán contar con personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes al desarrollo humano, profesional y ocupacional, el cual, redundará en benefi cio del Ejército del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 16 de abril al 31 de diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior del 01 de enero de 2016 al 14 de abril de 2017, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para los Años Fiscales respectivos; de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, 2016 y 2017 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa, sus dos (02) hijas mayores de edad y su menor hijo; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009- DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifi có el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, señala que el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013- DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise que, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión Especial al Exterior al Coronel EP Edgardo Clodoaldo JIMENEZ BECERRA, identifi cado con DNI N° 04431249, para que se desempeñe como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos - OEA, del 16 de abril de 2015 al 14 de abril de 2017, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima – Ciudad de Washington D.C. (Clase económica) US $ 1,659.21 x 05 personas US $ 8,296.05 Gastos de traslado – Ida (Equipaje, menaje e instalación) US $ 10,693.80 x 02 x 01 persona US $ 21,387.60