Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

550874

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

El mantenimiento de la Infraestructura de Telecomunicaciones no requiere la Autorizacion previa de las Entidades de la Administracion Publica y comprende el cambio, reparacion V. REQUISITOS ADICIONALES ESPECIALES o limpieza de elementos componentes y/o accesorios de la Infraestructura de Telecomunicaciones. (En caso parte o toda la Infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre areas o bienes protegidos por leyes especiales).
Aplica Cumple

5.1 Autorizacion emitida por el Ministerio de Cultura (Para el caso de instalacion de Infraestructura de Telecomunicaciones en bienes culturalmente protegidos y declarados como Patrimonio Cultural de la Nacion) 5.2 Permiso otorgado por el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP (Para el caso que la instalacion se realice en un Area Natural Protegida) 5.3 Autorizacion otorgada por Provias Nacional o la instancia de gobierno regional o local competente (En el caso de utilizar el derecho de via) 5.4 Autorizacion de la Entidad competente de acuerdo a la referida ley especial (Cuando la instalacion se realice en otros bienes o areas protegidas por leyes especiales)
Aplica : Para ser llenado por el Solicitante Cumple : Para ser llenado por la Entidad

VI. DECLARACION JURADA

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LA INFORMACION CONTENIDA EN EL PRESENTE FORMULARIO ES VERAZ

HUELLA DIGITAL

APELLIDOS Y NOMBRES

FIRMA DEL SOLICITANTE / REPRESENTANTE LEGAL

Ley N° 29022 (articulo 5°) TEXTO: En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaracion, informacion o en la documentacion presentada por el administrado, la entidad considerara no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerarquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaracion, informacion o documento; imponga a quien MORDAZA empleado esa declaracion, informacion o documento una multa en favor de la entidad de hasta veinticinco unidades impositivas tributarias vigentes a la fecha de pago; ademas, si la conducta se adecua a los supuestos previsores en el Titulo XIX Delitos Contra la Fe Publica del Codigo Penal, esta se comunicara al Ministerio Publico. VII. RECEPCION DE LA SOLICITUD Y APROBACION AUTOMATICA (Ha ser llenado por la unidad de tramite documentario o mesa de partes de la Entidad de la Administracion Publica).

NO SE ACEPTAN BORRONES NI ENMENDADURAS

Numero de registro de la solicitud:

Fecha:
(dia / mes / ano)

Hora:

Numero de hojas:

FORMULARIO GRATUITO

Datos del funcionario que recepciona la solicitud:

SELLO DE RECEPCION

APELLIDOS Y NOMBRES

FIRMA DEL FUNCIONARIO

DE HABER OBSERVACIONES: (en caso aplique)

Pendiente Subsanado

SUBSANACION DE LAS OBSERVACIONES: (en caso aplique) Datos del funcionario que valida la observacion subsanada:
SELLO QUE VALIDA LA OBSERVACION SUBSANADA

APELLIDOS Y NOMBRES

FIRMA DEL FUNCIONARIO

Fecha:
(dia / mes / ano)

Hora:

Reglamento de la Ley N° 29022 (numeral 16.7 del articulo 16°) Para todo efecto, el FUIIT tiene caracter de Declaracion Jurada de acuerdo a lo previsto en el articulo 3º de la Ley N° 29060, Ley de Silencio Administrativo. El mismo valor tiene el FUIIT con la MORDAZA notarial respectiva, sino se presentaran observaciones pendientes de subsanacion.

SIRVASE COMPLETAR TODOS LOS CASILLEROS CON LETRA LEGIBLE

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