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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (01/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

558512 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 / El Peruano MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Autorizan a Gerente de Transporte Urbano e Interurbano de la Municipalidad, para utilizar su firma digitalizada en resoluciones de sanción en infracciones de tránsito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 298-2015-ALC/MPH-M Matucana, 23 de junio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA VISTO: El Informe Nº 029-2015-GM-MPH-M- de fecha 12/06/2015 emitido por la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 0108-2015/AI-GTHS-GAJ-MPH-M de fecha 15/06/15 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre: Autorizar al Gerente de Transportes de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, para utilizar su fi rma a las infracciones al tránsito por exceso de velocidad impuestas mediante dispositivos electrónicos (fotopapeletas); y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad con lo señalado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, concorde con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí-Matucana ha contratado a la Empresa Consorcio Huarochirí Tránsito Seguro para que realice el apoyo Técnico de Fiscalización Electrónica mediante el control de tránsito vehicular, a fi n de poder mitigar los accidentes de tránsito que vienen ocurriendo, salvaguardando de esta manera la integridad de los pobladores de nuestra provincia, este servicio es de vital importancia para la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ, como responsable del sistema vial urbano correspondiente a su comuna; Que, mediante Informe Nº 029-2015-GM- MPH-M- de fecha 12/06/2015, emitido por la Gerencia Municipal, manifi esta sobre la necesidad de optimizar el procedimiento de fi scalización de normas de tránsito y su consecuente procedimiento coactivo para poder hacer efectiva las infracciones al tránsito impuestas en las vías de esta jurisdicción por exceso de velocidad y así seguir reduciendo los accidentes de tránsito con desenlace fatal, por lo tanto recomienda que se apruebe, la utilización de su fi rma digitalizada del Gerente de Transporte Urbano e Interurbano de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, para las Resoluciones que deba dictar en el procedimiento sancionador en lo referente a las infracciones al tránsito por exceso de velocidad impuestas mediante dispositivos electrónicos (fotopapeletas): Que, la Administración Pública no puede permanecer ajena a los avances tecnológicos y al empleo de los nuevos medios que provee el mercado, especialmente cuando contribuyen a aumentar la productividad de sus organismos, a optimizar el manejo de la información y reducir los costos de almacenamiento y el traslado de papel; Que, la tecnología necesaria para otorgar seguridad a los documentos digitales, así como el intercambio de información digital, se encuentra actualmente disponible, habiendo alcanzado un razonable grado de confi abilidad y seguridad; Que, resulta conveniente brindar el marco normativo que favorezca el empleo y su difusión de aquellas tecnologías en el ámbito de la Administración Pública por lo que es competencia de la Alcaldía, dictar el marco regulatorio para el establecimiento de las políticas sobre tecnologías referidas a informática, teleinformática, tecnologías multimedia, instalaciones y comunicaciones asociadas y otros medios y sistemas electrónicos; Que, mediante Informe Legal Nº 0108-2015 AI/GTHS- GAJ-MPH-M de fecha 15/06/2015 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA que es PROCEDENTE lo solicitado por la Gerencia Municipal; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas en el Artículo 20, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gerente de Transporte Urbano e Interurbano, de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, Sr. GENARO JOHN VIGIL ROJAS para utilizar su fi rma digitalizada en las Resoluciones de Sanción que se deba emitir en el procedimiento de cobranzas en lo referente a las infracciones al tránsito por exceso de velocidad, impuestas mediante dispositivos electrónicos (fotopapeletas). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaría General el fi el cumplimiento del presente acto resolutivo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO FREDY GONZÁLEZ CARHUAVILCA Alcalde Provincial 1262679-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Enmienda N° Tres al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426) Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426 USAID Assistance Agreement Nº 527-0426 ENMIENDA Nº TRES AMENDMENT Nº THREE AL TO THE CONVENIO DE DONACION ASSISTANCE AGREEMENT ENTRE BETWEEN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA THE UNITED STATES OF AMERICA Y AND LA REPUBLICA DEL PERU THE REPUBLIC OF PERU Fecha: 26 AGO. 2014 Codifi cación Contable: Date: Accounting Symbols: Funding Codes: DV-RF 2013/2014 DV 2012/2013 ENMIENDA Nº TRES de fecha 26 AGO. 2014, entre los Estados Unidos de América, representado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (“USAID”), y la República del Perú (“Donatario”): POR CUANTO, el Donatario y USAID celebraron el Convenio de Donación 527-0426 el 20 de setiembre del 2012 (el “Convenio”); POR CUANTO, el Donatario y USAID enmendaron el Convenio el 19 de Julio del 2013 (Enmienda Nº Uno) ) y el 21 de Setiembre del 2013 (Enmienda Nº Dos); POR CUANTO, USAID acordó donar al Donatario, sujeto a la disponibilidad de fondos, una contribución total estimada ascendente a Trescientos Cincuenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos ($355,000,000)