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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (01/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

558507 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 El Peruano / Que, el artículo 80º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, clasifi ca como función exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. Que, mediante la Ordenanza Nº 160-MDSL se aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San Luis para el año 2013, el mismo que tiene por objeto estableciendo como uno de sus objetivos estratégicos el lograr una ciudadanía con buenas prácticas en el cuidado del ambiente, precisando asimismo como una de las líneas de acción para el logro de dicho objetivo, la promoción del reciclaje doméstico de residuos sólidos. Que, a través de la Ordenanza Nº 135-MDSL se reguló la formalización de los segregadores de residuos sólidos en el distrito de San Luis, estableciendo las pautas para ello, así como normando la actividad del reciclaje y logrando su inclusión socio económica a través de los puestos de trabajo dignos y concientizando a la población de la importancia del reciclaje. Que, mediante el Informe Técnico Nº 013-2015-MDSL- SGLPYSA, del área de Subgerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2015, Programa de Segregación en Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos 2015 para su aprobación por el Concejo Municipal. Que, mediante Informe Legal Nº 164-2015-MDSL- GAL, de la Gerencia de Asesoría Legal, la cual emite opinión favorable para la aprobación, mediante ordenanza municipal del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Luis 2015. Que, estando a la gran importancia del medio ambiente especialmente en estos tiempos, resulta necesario adoptar acciones encaminadas a la búsqueda de los objetivos establecidos en la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, incentivando buenas prácticas en nuestro distrito, a fi n de contribuir al cuidado de nuestro medio y de nuestra salud; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, aprobado por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal de San Luis, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA EL DISTRITO DE SAN LUIS (PMRS) Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el Distrito de San Luis 2015 y el anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Alcance Los benefi cios establecidos en la presente ordenanza alcanza a todos los vecinos del distrito de San Luis. Artículo Tercero.- Unidad Orgánica responsable La unidad orgánica responsable de hacer cumplir la presente ordenanza es la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la cual tendrá como función principal planifi car, organizar, dirigir y controlar la ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el Distrito de San Luis 2015, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde distrital para que mediante Decretos de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza se aplicará supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y la Ordenanza Nº 135-MDSL, que aprueba la Formalización de los Segregadores de Residuos Sólidos en el Distrito de San Luis. Tercera.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial el Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; asimismo, dispóngase que la Subgerencia de Informática realice la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Luis (www.munisanluis.gop.pe) y en el portal de Servicios del Ciudadano y Empresas (http:// www.serviciosalciudadano. gob.pe), el Anexo que contiene el Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el Distrito de San Luis 2015, dentro de los plazos establecidos en la Ley Nº 29091 y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, conforme a lo regulado por dichas normas. Cuarta.- Deróguese o déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1268653-1 Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva De Residuos Sólidos para el distrito de San Luis 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2015-MDSL San Luis, 24 de julio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 191-MDSL de fecha 24 de julio de 2015; aprueba El Plan De Manejo De Residuos Sólidos Para El Distrito De San Luis (PMRS) CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 191-MDSL, se faculta al Alcalde Distrital para que mediante Decretos de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias de la presente ordenanza. Que en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 191-MDSL y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva De Residuos Sólidos para el Distrito de San Luis 2015, y el anexo que forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a la Sub Gerencia de Informática y Estadística publique el íntegro del Programa de Segregación de Residuos Sólidos en el portal institucional (www.munisanluis.qob.pe) y, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal su difusión correspondiente. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; asimismo, dispóngase que la Subgerencia de