Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2015 (04/08/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 4 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES PROVINCIAS

558617

programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 34% viviendas urbanas del distrito y su implementación para cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo N° 033-2015-EF que aprueban los procedimientos para el cumplimiento de las Metas y la asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2015 como parte de la Meta N° 1 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; Que, mediante Informe N° 699-2015-GAJ-MSS del 30.07.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que estando el Memorándum N° 938-2015-GSC-MSS del 24.07.2015, de la Gerencia de Servicio a la Ciudad y el Memorándum N° 611-2015-GPP-MSS de 24.07.2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 34% viviendas urbanas del distrito; recomendando elevar los actuados al Despacho de la Alcaldía para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, la norma a expedirse se encuentra dentro de las excepciones de prepublicación señaladas por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, por cuanto se trata de un del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2015 como parte de la Meta N° 1 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal en beneficio de los administrados; Que, con Acuerdo de Concejo N° 083-2015-ACSS del 24.07.2015, se encargó al Regidor señor Carlos Alfonso Maximiliano José Massa González-Oleachea, el Despacho de Alcaldía desde el 25 al 31.07.2015. Estando al informe N° 699-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en concordancia con la dispuesto por los artículos 20°, numeral 6), 39° y 42° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 34% viviendas urbanas del distrito de Santiago de Surco como parte del cumplimiento de metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2015 y su implementación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, implementar el cumplimiento del programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 34% viviendas urbanas del distrito de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal del Estado Peruano, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010PCM. Artículo Cuarto.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALFONSO M.J. MASSA GONZÁLEZ-OLAECHEA Regidor Encargado del Despacho de Alcaldia 1269569-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza que establece el Programa de Incentivos Tributarios "Fiesta Chalaca"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2015 Callao, 17 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 037-2015-MPC/CMPCSR- COAD de la Comisión de Administración en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194 establece que las municipalidades gozan de autonomía política y administrativa para los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV del Título Preliminar el Código Tributario, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 74 de la referida Carta Constitucional, prescribe que los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia a través de normas con rango de ley; Que, asimismo el segundo parágrafo del artículo 41 del Código Tributario, señala que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; Que, actualmente existen deudas tributarias de años anteriores pendientes de pago, las mismas que requieren un tratamiento especial, orientada al saneamiento de las cuentas por cobrar que redunda en los estados financieros de la institución, considerando la actual situación económica por la que atraviesa el país; Que, es política de la actual gestión, incentivar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para su regularización; Que, la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, mediante Informe Técnico Nº 093-2015-MPC/ GGATR remitió el proyecto de ordenanza que establece el programa de incentivos tributarios "Fiesta Chalaca", fundado en la necesidad de establecer beneficios dirigidos a promover el pago de las obligaciones tributarias vencidas, así como incentivar la regularización de las mismas, en relación a los omisos y subvaluadores y mediante el Memorando Nº 792-2015-MPC/GGAJC, opina que resulta procedente la aprobación por parte del Concejo Municipal Provincial del Callao del citado proyecto de ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 inciso 8 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS "FIESTA CHALACA" Artículo 1. Objetivos: 1.1. Establecer un régimen de beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Callao, que registren

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.