Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2015 (04/08/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

558608

NORMAS LEGALES

Martes 4 de agosto de 2015 /

El Peruano

b) Determinar que órganos jurisdiccionales penales y/o mixtos actuales conocerán en adición a funciones procesos con el Nuevo Código Procesal Penal; y c) Determinar que órganos jurisdiccionales penales se encargarán de liquidar los procesos tramitados bajo las reglas del antiguo modelo procesal penal, en el marco de la política y plan de liquidación establecida por El Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. Sétimo. Que, en ese orden de ideas, y en consonancia con el Oficio Nº 379-2015-ETI-CPP-PJ, y el Informe Nº 008-2015-GA-ETI-NCPP-PJ, remitidos por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, resulta conveniente aprobar las recomendaciones formuladas. Octavo. Que los numerales 24, 25 y 26 del Artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 9492015 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; de conformidad con lo previsto en el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Ticona Postigo por tener que asistir a otra reunión programada por la presidencia con anterioridad. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 1 de agosto de 2015, la adición de funciones del Juzgado Penal Colegiado Supra provincial de la provincia y Distrito Judicial de Tacna, como Sala Penal Liquidadora de la misma provincia y distrito judicial. Artículo Segundo.- Disponer que la Sala Penal de Apelaciones del Distrito Judicial de Tacna, actúe en adición a sus funciones como Sala Penal Liquidadora del mismo distrito judicial; asumiendo la carga pendiente de liquidación que en dicha instancia tramita el Juzgado Penal Colegiado Supra provincial de Tacna. Artículo Tercero.- Disponer que se redefina el status de las tres (3) plazas de Jueces Superiores del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la provincia y Distrito Judicial de Tacna, en tres (3) plazas de Jueces Especializados por corresponder a su nivel en conformidad con los artículos 26º, inciso, 3), y 46º, inciso 2), de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y el artículo 3º, inciso 2, de la Ley 29277 - Ley de la Carrera Judicial Artículo Cuarto.- Establecer que la Gerencia General y el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, adopten las acciones y mediadas administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Tacna; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 1269381-4

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Lurín
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1182-2015-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 31 de julio del 2015 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 002-2015-PCSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Mediante Resolución Administrativa Nº 002-2015-PCSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, se dispuso designar al doctor Oswaldo Frank Huanilo Pérez, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Lurín, a partir del 05 de enero de 2015. En la lógica de seguir mejorando la capacidad resolutiva de los órganos jurisdiccionales y seguir construyendo una administración de justicia con jueces idóneos, cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional; se exige a los magistrados de esta corte, como imperativo categórico, una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro, y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. En ese sentido, se ha creído conveniente dejar sin efecto la designación del magistrado a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Lurín; por lo que, corresponde designar al magistrado que se haga cargo de dicho despacho, a partir del 03 de enero del año en curso, para lo cual se deberá tener en cuenta la nómina de abogados aptos para el desempeño de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto las designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del magistrado Oswaldo Frank Huanilo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.