Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2015 (08/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de agosto de 2015 /

El Peruano

PRODUCE
Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 039-2015-INACAL/PE Lima, 4 de agosto de 2015 VISTO: El Memorando Nº 036-2015-INACAL/SG de la Secretaría General y el informe Nº 032-2015-INACAL/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 013-2015-INACAL/PE, se designó a la señorita MIRTHA YVONNE VASQUEZ CHAVEZ, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Calidad; Que, mediante Memorando Nº 036-2015-INACAL/SG, de la Secretaría General se propone designar al nuevo funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Calidad; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, establece que tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5 del referido dispositivo legal prescribe que las entidades públicas deben contar con un Portal de Internet en el que se publique la información más importante de la institución; asimismo, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece como obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia; Que, en atención a la propuesta de Secretaría General, se considera pertinente expedir la resolución correspondiente por la cual se designe al nuevo funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Entidad, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; Con el visto de la Jefa de la Oficina de Administración, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y la Resolución Suprema Nº 004-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 013-2015-INACAL/PE, mediante la cual se designó a la señorita MIRTHA YVONNE VASQUEZ CHAVEZ, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Calidad. Artículo 2.- Designar a la señora CARMINA CARRERA AMAYA como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Calidad en el marco de lo dispuesto en el Texto

Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo 3.- Disponer que los funcionarios y personal del INACAL, faciliten la documentación y/o información que les sea solicitada como consecuencia de los dispuesto en el artículo precedente, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal institucional del INACAL (www. inacal.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1271755-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China
DECRETO SUPREMO Nº 039-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China fue suscrito el 22 de mayo de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, suscrito el 22 de mayo de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1272078-3

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