Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2015 (08/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de agosto de 2015 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan la asignación de Gerente Público a cargo de destino en la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna -Zofratacna
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 242-2015-SERVIR-PE Lima, 5 de agosto de 2015 VISTO, el Informe N° 248-2015-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12° del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 221-2014-SERVIR-PE de fecha 17 de octubre de 2014, el señor Víctor Hugo Miranda Monteza fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna -ZOFRATACNA, mediante Oficios Nº 002-2014 y Nº 47-2015-PCA-ZOFRATACNA, solicitó la asignación de tres Gerentes Públicos para ocupar, entre otros, el cargo de Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas (sic) de la referida Entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión N° 026-2015 de fecha 16 de julio de 2015, aprobó la asignación del Gerente Público Víctor Hugo Miranda Monteza al cargo de Jefe de Oficina de la Oficina de Administración y Finanzas del Comité de Administración de ZOFRATACNA de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna -Zofratacna, dicho cargo de destino fue formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 218-2014-SERVIR-PE; Que, conforme al Memorándum Nº 002-2015-SERVIR/ GG-OPP la asignación señalada en el párrafo anterior cuenta con disponibilidad presupuestal; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM y modificatoria; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar, a partir del 16 de julio del 2015, la asignación del Gerente Público que se señala a continuación a la Entidad y cargo de destino, según el detalle siguiente:
GERENTE PÚBLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO Jefe de Oficina de la Oficina Zona Franca y Zona Víctor Hugo Miranda de Administración y FinanComercial de Tacna Monteza zas del Comité de Adminis-Zofratacna tración de ZOFRATACNA

iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida Entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1270991-1

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a Chile y EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 164-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 3 de agosto de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Interno de PROMPERÚ, se ha contemplado la realización del "Door to Door Chile ­ Acciones fronterizas 2015", a llevarse a cabo en las ciudades de Arica e Iquique, República de Chile, del 11 al 13 de agosto de 2015, con el objetivo de proporcionar de modo directo información especializada y actualizada de los destinos turísticos que el Perú ofrece, a fin de impulsar la comercialización de nuestro destino y al mismo tiempo obtener información acerca del comportamiento del consumidor chileno de la región norte, sus motivaciones, preferencias y uso de la cadena comercial; Que, dicho evento por sus características constituye una herramienta de promoción a nivel personalizado, con potenciales resultados, que a la vez crea la oportunidad para obtener información de los profesionales del turismo sobre sus estrategias y perspectivas de comercialización, fuerza de ventas, red de comercialización, así como identificar y definir oportunidades de negocios; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo ha solicitado que autorice la comisión de servicios al exterior de la señora Milagritos Aymé Vidal Cueva y del señor Omar Martín Bracamonte Obando, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Arica e Iquique, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna -Zofratacna, se

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