Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2015 (14/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2015 /

El Peruano

de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos: 2.4 Donaciones y Transferencias, específica de gastos "2.4.1.3.1.4 a otras Entidades Públicas" y metas presupuestarias según detalle señalado en el Cuadro Nº 1 contenido en el citado Informe; Que, mediante Memorando Nº 1282-2015-MIMP/ OGA, la Oficina General de Administración ha emitido opinión favorable para que se efectúe la mencionada transferencia financiera; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de agosto de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del MIMP resulta necesario emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466,847.25) a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 26918 ­ Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo ­ SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, modificado por Decreto Supremo Nº 0022015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466,847.25) a favor de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de agosto de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las Sociedades de Beneficencia Pública consignadas en el citado Anexo. Artículo 2.- La Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Beneficencias Públicas, y la Oficina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1274181-1

Designan Directora Ejecutiva del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 175-2015-MIMP Lima, 13 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015MIMP se crea el Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el objeto de otorgar una pensión no contributiva a cargo del Estado a las personas con discapacidad severa que se encuentren en situación de pobreza, con la finalidad de elevar su calidad de vida; Que, el artículo 6 del mencionado Decreto Supremo, establece que dicho Programa cuenta con un Director Ejecutivo, quien es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa, designado mediante Resolución Ministerial; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado como función, entre otras, designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio, así como de otras entidades del Sector; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto por el que se designe a la persona que se desempeñará como Director Ejecutivo del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo 002-2015-MIMP y el Decreto Supremo 004-2015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ como Directora Ejecutiva del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1274181-2

Aprueban Manual de Operaciones del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2015-MIMP Lima, 13 de agosto de 2015 Vistos, la Nota 520-2015-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables,

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