Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2015 (14/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2015 /

El Peruano

Que, el Decreto Supremo Nº 003-2008-PCM, establece que la denominación de los Ministerios y Organismos Públicos, así como sus siglas y logos institucionales, sólo pueden ser utilizados por las personas naturales, personas jurídicas, entidades, Gobiernos Locales y Regionales, que cuenten con autorización expresa del Titular o máxima autoridad administrativa de aquéllos; Que, la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, mediante Informe Nº 1223-2015-PRODUCE/ DGCHD-Depchd señaló que a través del Decreto Supremo Nº 015-2015-PRODUCE se declaró de importancia estratégica e interés nacional la promoción de la actividad pesquera para el consumo humano directo con el objetivo de promover su diversificación y fortalecer su desarrollo contribuyendo a la modernización de la industria pesquera, la seguridad alimentaria, la competitividad del sector y el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos; en dicha razón, concluyó que resulta procedente la emisión del dispositivo legal correspondiente para la oficialización del evento denominado "Primer Simposio Internacional de Pesca para Consumo Humano", asimismo, precisó que dicha declaración no enerva el cumplimiento de las disposiciones municipales y de defensa civil correspondientes; Que, la Oficina de Prensa e Imagen Institucional, mediante Memorando Nº 457-2015-PRODUCE/SG-OPIN consideró conveniente el uso del logotipo institucional del Ministerio de la Producción en los materiales promocionales del referido evento; Que, la Oficina de Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 126-2015-PRODUCE/OGPPOCTE ha señalado que los alcances del citado evento se encuentran alineados con las prioridades de cooperación técnica internacional, en particular con el Área Prioritaria 4 "Recursos Naturales y Medio Ambiente"; tema prioritario 15 "Conservación y aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales", con lo cual emite opinión favorable para la oficialización del evento en mención; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 0032008-PCM que prohíbe el uso de la denominación de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, así como las siglas y logos institucionales sin la autorización respectiva; y, de la Directiva General Nº 008-2013-PRODUCE "Lineamientos para el Uso del Logotipo del Ministerio de la Producción e Implementación de la Identidad Visual del Gobierno del Perú", aprobada por Resolución Secretarial Nº 039-2013-PRODUCE/SG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "Primer Simposio Internacional de Pesca para Consumo Humano" que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, el 24 de setiembre de 2015, organizado por la Sociedad Nacional de Industrias. Artículo 2.- Autorizar el uso del logotipo institucional del Ministerio de la Producción en el material que se utilice para la promoción del evento denominado "Primer Simposio Internacional de Pesca para Consumo Humano". Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1274045-1

SALUD
Designan Jefe del Seguro Integral de Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2015-SA Lima, 13 de agosto del 2015 CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante la Jefatura del Seguro Integral de Salud, resulta conveniente designar al funcionario que ejercerá dichas funciones; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Economista Julio Segundo Acosta Polo, como Jefe del Seguro Integral de Salud. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1274346-2

Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2015-SA Lima, 13 de agosto del 2015 Visto, el expediente N° 15-063124-001, que contiene el Oficio N° 130-2015-MIMP/DM de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1158, se disponen medidas que tienen por propósito fortalecer las funciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la financie, disponiendo asimismo, su cambio de denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud; Que, el artículo 3° de la citada norma, señala que la Superintendencia Nacional de Salud es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el artículo 18° del Decreto Legislativo Nº 1158, establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de la Superintendencia Nacional de Salud, responsable de su dirección y del establecimiento de su política institucional y se encuentra conformado por siete (7) miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud y en su

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