Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2015 (14/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2015 /

El Peruano

Nº 1030-2014/MINSA se aprobó la modificación del citado instrumento de gestión, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la Dirección de Equipamiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento se encuentra calificado como de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2014/ MINSA, de fecha 3 de marzo de 2014, se designó al señor Gelberth John Revilla Stamp, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Equipamiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, comunica que el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo en el que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 175-2014/MINSA; Que, a través del Informe N° 581-2015-EIEOGGRH/MINSA, remitido mediante Memorando Nº 1501-2015-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable señalando que procede aceptar la renuncia formulada; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Dirección General; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gelberth John Revilla Stamp, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Equipamiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1273636-2

Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- ACEPTAR LA RENUNCIA formulada por el señor LUIS ALFONSO ADRIANZEN OJEDA al cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1274166-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Breve - T Del Sur S.R.L. impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3029-2015-MTC/15 Lima, 9 de julio de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 089392; 103115 presentado por la empresa denominada BREVE ­ T DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - BREVE ­ T DEL SUR S.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1147-2013MTC/15 de fecha 11 de marzo de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03 de abril de 2013, se autorizó a la empresa denominada BREVE ­ T DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - BREVE ­ T DEL SUR S.R.L., con RUC N° 20448596967, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, con el objeto de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II- C, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidación de las Licencias Clase A Categoría II y III; Que, mediante Parte Diario N° 089392 de fecha 23 de mayo de 2015, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I; Que, con Oficio N° 3309-2015-MTC/15.03 de fecha 02 de junio de 2015, notificado el 05 de junio de 2015, ésta Administración formuló observaciones respecto al pedido de la solicitud y sobre la reformulación de la propuesta de horarios y distribución de aulas de todos los cursos autorizados, incluyendo la nueva categoría a autorizarse A-I; Que, mediante Parte Diario N° 103115 de fecha 13 de junio de 2015, La Escuela presenta diversa documentación a fin de subsanar las observaciones advertidas en el oficio mencionado en el párrafo precedente; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2015-TR Lima, 13 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 082-2015-TR se designa al señor LUIS ALFONSO ADRIANZEN OJEDA en el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente;

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