Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2015 (05/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 5 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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la información cuya confidencialidad se solicita, se precisa que dicho resumen resulta necesario a efectos de ser consignado en el expediente administrativo; no obstante, se verifica que de la propia argumentación de la empresa se desprende el resumen no confidencial requerido, cuando se señala que la documentación remitida contiene información esquematizada de datos fácticos sobre los descuentos que otorga la empresa. En tal sentido, corresponde que la citada glosa sea considerada como el resumen no confidencial respectivo; Que, finalmente, con relación a la calificación de confidencialidad, se ha expedido el Informe Técnico Legal N° 706-2015-GART elaborado por la División de Gas Natural y la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaría, que complementa la motivación que sustenta la decisión del Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM y el Procedimiento para la Determinación, Registro y Resguardo de la Información Confidencial, aprobado mediante Resolución Osinergmin Nº 202-2010-OS/CD. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Calificar como confidencial la información consistente en los descuentos que la Refinería La Pampilla S.A.A. otorga a su canal de distribución mayorista, para la comercialización de combustibles en el mercado interno, proporcionados a Osinergmin mediante Documento N° 01 recibido el 27 de noviembre de 2015, según Registro Osinergmin N° 201500160907, que obra en el Expediente D.443-2015-GART. Artículo 2°.- Establecer que el Jefe de la Oficina de Administración de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin será el responsable que la información clasificada como confidencial, por medio de la presente resolución, no sea divulgada, debiendo adoptar las medidas adecuadas para el cumplimiento de dicho fin. Artículo 3°.- Incorpórese el Informe Nº 706-2015GART como parte integrante de la presente resolución. Artículo 4°.- La presente resolución será publicada en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob. pe, y debidamente notificada dentro del plazo legal a la empresa solicitante. LUIS GRAJEDA PUELLES Gerente Adjunto (e) Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria OSINERGMIN 1319780-1

de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 308-2015-CONCYTEC-OGPP y Nº 318-2015-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015; las cuales se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nºs 064, 091, 108 y 147-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015 -CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 371-2015-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones, por un monto total de S/. 137,498.50, a favor de una entidad pública y dos personas jurídicas privadas ganadoras del Concurso del Esquema Financiero EF-011-2015-III: "Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos", correspondiente a la Convocatoria 2015III, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 119-2015-FONDECYT-DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 138-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 30-2015-FONDECYT -UPPUAJ-USM-UES, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo, la Unidad de Evaluación y Selección y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan la aprobación de una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/. 137,498.50, para cofinanciar programas en ciencia, tecnología e innovación tecnológica. En tal sentido, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar el otorgamiento de una transferencia financiera a favor de: (i) Universidad Nacional de Tumbes, por la suma de S/. 47,452.50, para cofinanciar el programa "V Congreso Nacional de Ciencias del Mar del Perú y I Congreso Internacional de Biotecnología y Acuicultura"; asimismo, solicitan el otorgamiento de subvenciones a favor de las siguientes personas jurídicas privadas: (ii) Pontificia Universidad Católica del Perú, por la suma de S/. 35,796.00, para cofinanciar el programa "Tecnología de Fluidos supercríticos y su aplicación en la industria alimentaria, farmacéutica y cosmética", y (iii) Universidad Peruana de Integración Global S.A.C. - UPIG S.A.C., por la suma de S/. 54,250.00, para cofinanciar el programa "Investigación en Plantas Medicinales en el Perú, Oportunidad de Mercado y Biocomercio"; todas ellas en cuanto ganadoras del Concurso del Esquema Financiero EF-011-2015-III, correspondiente a la Convocatoria 2015-III. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000396, copias de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nºs 119 y 138-2015-FONDECYT-DE, así como copias de los Convenios de Subvención Nºs 073, 092 y 093-2015-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo, la Unidad de Evaluación y Selección y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencia financiera y otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 182-2015-CONCYTEC-P Lima, 1 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 30-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES y el Oficio Nº 371 -2015-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y

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