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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (12/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

568432 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2015 / El Peruano y Vida Sin Drogas - DEVIDA solicita recursos adicionales, entre otros, para realizar acciones de pre y post erradicación de los cultivos ilegales de hoja de coca que comprenden proyectos de inversión pública y actividades que se encuentran comprendidos en el Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”; dado que en el marco de lo establecido en el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2015”, la meta de erradicar 35,000 Has de cultivos ilegales de hoja de coca debe ir acompañada de acciones que le proporcionen sostenibilidad a la erradicación, Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinados a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 971 456,00) a favor del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, para ser destinado a realizar actividades de pre y post erradicación de cultivos ilícitos de hoja de coca; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 971 456,00); a favor del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA a fi n de realizar actividades y proyectos de inversión pública en el marco de las acciones de pre y post erradicación de los cultivos ilegales de hoja de coca; conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS En Nuevos Soles ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 8 366 653,00 GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 27 604 803,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 35 971 456,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA UNIDAD EJECUTORA 001 : DEVIDA PROGRAMA PRESUPUESTAL 0072 : Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001254 : Transferencias de recursos para la ejecución de actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 8 366 653,00 ACTIVIDAD 5001253 : Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 27 604 803,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 35 971 456,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1322535-3 Aprueban Reglamento Operativo del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Forestal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 377-2015-EF/15 Lima, 11 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe N° 013-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGEDEPRO/DICRE de la Dirección de Instrumentos