Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2015 (12/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 12 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

568435

Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos, serán destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinar los mismos a fines distintos para los cuales han sido transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial, se encuentran previstos en el Convenio de Transferencia de Recursos celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali Sociedad Anónima, de fecha 09 de diciembre de 2015. Artículo 5.- La Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali Sociedad Anónima deberá informar a la Dirección General de Electrificación Rural, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas

Anexo a la R.M. Nº 541-2015-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCIÓN DE ELECTRO UCAYALI PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Nº NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSIÓN S/. UCAYALI 1,589,051.00

1 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO RURAL DEL SECTOR ANTIGUO DE NUEVA REQUENA DEL DISTRITO DE NUEVA REQUENA CORONEL PORTILLO - UCAYALI 2 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN INTEGRAL EN EL CENTRO POBLADO DE ALEXANDER VON HUMBOLDT, DISTRITO DE IRAZOLA PADRE ABAD - UCAYALI 3 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN INTEGRAL EN EL CENTRO POBLADO DE SAN ALEJANDRO, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALI 4 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN INTEGRAL EN EL CENTRO POBLADO MONTE ALEGRE NESHUYA, DISTRITO DE IRAZOLA PADRE ABAD - UCAYALI TOTAL ELECTRO UCAYALI

UCAYALI

2,965,890.00

UCAYALI

4,076,933.41

UCAYALI

2,526,305.31

11,158,179.72

1322255-1

Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, mediante Resolución Suprema N° 079-2014-IN, del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 090-2014IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN, 158-2014-IN, 196-2014-IN, 229-2014-IN, 243-2014-IN, 069-2015-IN, 0812015-IN, 087-2015-IN, 097-2015-IN, 109-2015-IN, 127-2015IN, 145-2015-IN, 156-2015-IN, 189-2015-IN, 210-2015-IN, y 226-2015-IN, del 21 de mayo al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de julio de 2014, del 21 de julio al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, del 19 de setiembre al 18 de octubre de 2014, del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, del 18 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, del 17 de enero al 15 de febrero de 2015, del 16 de febrero al 17 de marzo de 2015, del 18 de marzo al 16 de abril de 2015, del 17 de abril al 16 de mayo de 2015, del 17 de mayo al 15 de junio de 2015, del 16 de junio al 15 de julio de 2015, del 16 de julio al 14 de agosto de 2015, del 15 de agosto al 13 de setiembre de 2015, del 14 de setiembre al 13 de octubre de 2015, del 14 de octubre al 12 de noviembre de 2015, y del 13 de noviembre al 12 de diciembre de 2015, respectivamente; Que, a través del Oficio del visto, y en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú mediante Oficios N°s. 702, 703 y 706-2015-DIRGEN PNP/ S-A, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas para los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 13 de diciembre de 2015 al 11 de enero de 2016, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden interno y público en el territorio nacional, debido a eventuales movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo N° 738; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 13 de diciembre de 2015 al 11 de enero de 2016, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del

INTERIOR
Prorrogan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2015-IN Lima, 11 de diciembre de 2015 VISTO, el Oficio N° 000537-2015/IN/DM, de fecha 10 de diciembre de 2015;

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