Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

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al reajuste con el indice de precios al por mayor (IPM) establecido en el inciso b) del articulo 15º del D.S. 1562004-EF ­ TUO de la Ley de Tributacion Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda prorrogar las fechas de vencimiento, si la gestion operativa de los tributos indicados asi lo amerita. Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1183152-8

Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento para las obligaciones tributarias de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial para el ejercicio 2015 en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 032-MDMM MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 26 de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 134-2014-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 8292014-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 15º del D.S. 156-2004-EF ­ TUO de la Ley de Tributacion Municipal - establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar mediante Ordenanza las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial a fin que los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias de manera oportuna; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia Administracion Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, vencen: a. Primera Cuota : 27 de febrero b. MORDAZA Cuota : 29 de MORDAZA c. Tercera Cuota : 31 de agosto d. Cuarta Cuota : 30 de noviembre Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL La obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2015 vence: 1) Pago al contado 2) Pago fraccionado a. Primera Cuota b. MORDAZA Cuota c. Tercera Cuota d. Cuarta Cuota : : : : 27 de febrero 29 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre : 27 de febrero

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban MORDAZA Legal de los Beneficios Tributarios para las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, mantenimientos de Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 277-MDSM San MORDAZA, 17 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa de los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal ejerce su funcion, entre otras normas municipales, a traves de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del titulo preliminar del texto unico ordenado del Codigo Tributario; Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV MORDAZA de legalidad sobre reserva de ley del texto unico ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante ordenanza Nº 273-MDSM, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2355 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se prorroga para el ano 2015, las disposiciones establecidas en la ordenanza Nº 254-

De optar por el pago fraccionado, las cuotas (2da. 3ra. y 4ta.) estaran sujetas a las disposiciones correspondientes

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