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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2015 (01/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543857 Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento para las obligaciones tributarias de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial para el ejercicio 2015 en el distrito de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 032-MDMM Magdalena, 22 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 26 de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 134-2014-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 829- 2014-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15º del D.S. 156-2004-EF – TUO de la Ley de Tributación Municipal - establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar mediante Ordenanza las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial a fi n que los vecinos del distrito de Magdalena del Mar, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias de manera oportuna; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, vencen: a. Primera Cuota : 27 de febrero b. Segunda Cuota : 29 de mayo c. Tercera Cuota : 31 de agosto d. Cuarta Cuota : 30 de noviembre Artículo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL La obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2015 vence: 1) Pago al contado : 27 de febrero 2) Pago fraccionado a. Primera Cuota : 27 de febrero b. Segunda Cuota : 29 de mayo c. Tercera Cuota : 31 de agosto d. Cuarta Cuota : 30 de noviembre De optar por el pago fraccionado, las cuotas (2da. 3ra. y 4ta.) estarán sujetas a las disposiciones correspondientes al reajuste con el índice de precios al por mayor (IPM) establecido en el inciso b) del artículo 15º del D.S. 156- 2004-EF – TUO de la Ley de Tributación Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Sub Gerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas de vencimiento, si la gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita. Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1183152-8 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban Marco Legal de los Beneficios Tributarios para las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, mantenimientos de Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2015 ORDENANZA Nº 277-MDSM San Miguel, 17 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomía política, económica y administrativa de los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal ejerce su función, entre otras normas municipales, a través de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú y la norma IV del título preliminar del texto único ordenado del Código Tributario; Que, el segundo párrafo de la norma IV principio de legalidad sobre reserva de ley del texto único ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante ordenanza Nº 273-MDSM, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2355 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se prorroga para el año 2015, las disposiciones establecidas en la ordenanza Nº 254-