Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

543859
3'915,927.00 55'369,993.00 194,782.00 70,000.00 4'272,672.00 2'118,484.00 5.01 70.89 0.24 0.08 5.47 2.71

5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 5.2.3 Bienes y Servicios 5.2.4 Donaciones y Transferencias 5.2.5 Otros Gastos 6.2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 7.2.8 Servicio de la Deuda Publica TOTAL

78'098,081.00 100.00

Articulo 2º.- DESTINAR los recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) ascendente a S/. 2'146,232.00 (dos millones ciento cuarenta y seis mil doscientos treinta y dos con 00/100 nuevos soles) integramente a gastos de inversion (100%). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Articulo 4º.- PUBLICAR el presente acuerdo en el diario oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www. munisanmiguel.gob.pe). Articulo 5º.- DISPENSAR el presente acuerdo de concejo del tramite de comisiones, asi como del tramite de lectura y aprobacion del acta. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 1183376-2

Que, en el MORDAZA de la consolidacion de la simplificacion administrativa en la entidad, a traves de los documentos de vistos, se detectan 02 (dos) procedimientos administrativos suprimibles, a saber, los signados con Nº 3.03 Licencia de funcionamiento corporativo para mercados de abastos, galerias comerciales y centros comerciales con inspeccion tecnica de seguridad en edificaciones de detalle realizada por la municipalidad y Nº 9.03 Inspeccion tecnica de seguridad en edificaciones de detalle para recintos o instalaciones de mas de dos niveles desde (el sotano se considera un nivel) o con un area mayor a 500 m2, que resultan suprimibles por no contar con pronunciamiento favorable por parte de la comuna capitalina; Que, en concordancia con la normativa invocada, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado por ordenanza Nº 274MDSM y ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 2361-MML adoptado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, respecto de los procedimientos senalados en el anexo unico, Informe Tecnico ­ Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) que en 04 (cuatro) folios, forma parte integrante del presente decreto de alcaldia. Articulo 2º.- PUBLICAR el dispositivo legal en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA de servicios al ciudadano y empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), asi como en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanmiguel.gob.pe) integrando en un solo cuerpo normativo todo el texto unico de procedimientos administrativos de la entidad. Articulo 3º.- ENCARGAR a las gerencias y subgerencias de la entidad, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 1183376-4

Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2014/MDSM San MORDAZA, 19 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el memorando Nº 387-2014-SG/MDSM emitido por Secretaria General, asi como el informe Nº 337-2014-GPP/MDSM que contiene el anexo unico Informe Tecnico ­ Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en 04 (cuatro) folios, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ademas del oficio Nº 758-2014-MML-SGC cursado por la Secretaria General del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordantes con lo previsto en el articulo II del titulo preliminar de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal, mediante ordenanza Nº 274-MDSM, aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y mediante Acuerdo de Concejo Nº 2361-MML adoptado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se aprueba su ratificacion; Que, de acuerdo al numeral 36.3, articulo 36º y al numeral 38.5, articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el texto unico de procedimientos administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion o requisitos, asi como las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, por decreto de alcaldia;

Promulgan el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad de San MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 904-2014/MDSM San MORDAZA, 19 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 093-2014-MDSM, donde se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA para el Ano Fiscal 2014, asi como el informe Nº 210-2014-GPP/MDSM, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el informe Nº 497-2014-SGPR-GPP/MDSM rendido por la Subgerencia de Presupuesto y Racionalizacion, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el literal d) del articulo 42º, de la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, es competencia de los gobiernos locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General

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