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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2015 (01/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543858 MDSM, a su vez ratifi cada mediante Acuerdo Concejo Nº 2737, que aprueba el régimen tributario de las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines públicos y serenazgo para el ejercicio 2014; Que, es política de la administración tributaria incentivar al pago voluntario de los tributos que administra, por lo que consciente de la situación económica que atraviesan los vecinos del distrito de San Miguel, es necesario adoptar medidas que benefi cien a los vecinos pensionistas propietarios y a los contribuyentes que cancelen en forma adelantada el total de sus arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2015; Que, en ese sentido, se debe establecer el marco legal de los benefi cios tributarios para las tasas de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines públicos y serenazgo, así como la determinación de los montos por dichos conceptos aplicables al año fi scal 2015, para los contribuyentes de la jurisdicción de San Miguel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 39º y 40º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO LEGAL DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2015 Artículo 1º.- Otórguese a favor de los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de San Miguel. 1. Reducción de pago para pensionistas: Reducción del pago en los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo, equivalente al 50% del monto de los arbitrios municipales aprobado para el ejercicio fi scal 2015, siempre y cuando correspondan a una de las categorías siguientes: a) Los pensionistas propietarios de un solo predio destinado a vivienda. Para el caso ya sea a título personal o de la sociedad conyugal, el trámite es automático. b) Los pensionistas propietarios de los predios destinados a casa habitación, que además conduzcan a nombre propio un local comercial o de servicios, cuya área no supere los 25 m2, pagará el monto de los arbitrios municipales correspondientes a casa habitación. 2. Incentivo por el pago al contado: Los contribuyentes con predios cuyo uso sea casa habitación, terreno sin construir u otros usos, que cancelen en forma adelantada el total de los arbitrios del ejercicio 2015, se les aplicará el siguiente descuento: a) 10% (diez por ciento) para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias, comprendidas, entre los años 2000 al 31 de diciembre de 2014. b) 5% (cinco) para los contribuyentes que tengan deudas tributarias de años anteriores. Dichos descuentos serán aplicables sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre de 2015, siempre que el pago se realice, en su totalidad hasta el 27 de febrero de 2015. Artículo 2º.- Los benefi cios tributarios que se conceden en el artículo precedente son excluyentes y no se aplicará de manera conjunta. Artículo 3º.- Los benefi cios tributarios otorgados serán compensados con recursos propios de la entidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al alcalde para que mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2015, debiéndose publicar el texto íntegro de la norma aprobatoria en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe) Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el cabal cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1183376-3 Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al Año Fiscal 2015 de la Municipalidad de San Miguel ACUERDO DE CONCEJO Nº 093-2014-MDSM San Miguel, 16 de diciembre de 2014 VISTOS, en sesión ordinaria de concejo celebrada en la fecha, el memorando Nº 995-2014-GM/MDSM cursado por Gerencia Municipal, el informe Nº 757-2014-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº 208-2014-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el informe Nº 488- 2014-SGPR-GPP/MDSM emitido por la Subgerencia de Presupuesto y Racionalización; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 54º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los gobiernos locales aprueban su respectivo presupuesto institucional, hasta el 31 de diciembre del año fi scal anterior a su entrada en vigencia; Que, en ese sentido es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2015, dentro del plazo previsto y de conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 003-2014-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público con Perspectiva de Programación Multianual”, aprobada por Resolución Directoral Nº 005-2014-EF/50.01; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al concejo municipal, por inciso 16) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2015 de la Municipalidad Distrital de San Miguel por fuente de fi nanciamiento, de acuerdo al siguiente detalle: Presupuesto Institucional de Ingresos por Rubro de Financiamiento – AF 2015 (En Nuevos Soles) Rubro de Financiamiento Importe S/. % 0 0 Recursos Ordinarios 606,417.00 0.78 0 9 Recursos Directamente Recaudados 45,130,405.00 57.83 0 7 Fondo de Compensación Municipal 2,146,232.00 2.75 0 8 Impuestos Municipales 30,177,543.00 38.59 1 8 Canon y Sobre canon, Regalías, Rentas de Aduanas 37,484.00 0.05 TOTAL 78’098,081.00 100.00 Presupuesto Institucional de Gastos por Partidas Genéricas – AF 2015 (En Nuevos Soles) Partidas Genéricas Importe % 5.2.1. Personal y Obligaciones Sociales 12’156,223.00 15.56