Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase Dado en la MORDAZA Municipal, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 1183117-1

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

Ratifican la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-CM/MDP que aprueba el , MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pativilca
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0100-2014-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 26 de Noviembre del 2014, en la Estacion Orden del Dia, el Exp. ROF. 5300-2014 (Ex. 1 y 2), sobre la Ratificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pativilca por parte del pleno del Concejo Provincial de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos requisitos y costos administrativos de las entidades publicas deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de cada entidad; Que, los Gobiernos Locales son parte de la Administracion Publica por lo que es necesario que se apruebe mediante Ordenanza el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, segun lo establece el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, ha sido creado con la finalidad de unificar, reducir y simplificar los Procedimientos Administrativos que se siguen ante las distintas entidades de la Administracion Publica dentro de los cuales se encuentran los gobiernos locales; Que, en el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en relacion a las ORDENANZAS, establece que: (...) Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, con fecha 14 de Noviembre del presente ano, mediante el Oficio Nº 156-2014-ALC/MDP, la Municipalidad Provincial de Pativilca, remite el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de su comuna MORDAZA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 019-2014CM/MDP, para ratificacion mediante Acuerdo de Concejo por parte de la Municipalidad Provincial de Barranca, a fin de cumplir con el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014. Que, mediante Informe Nº 0115-2014-GPP/MPB emitido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Barranca, senala que teniendo en cuenta los actuados, opina que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pativilca aprobado por dicho Concejo Municipal, se encuentra conforme a los lineamientos tecnicos y legales establecidos por la normativa vigente acerca de tan importante instrumento de gestion, por lo que, solicita su ratificacion por parte del pleno del Concejo provincial de Barranca mediante Acuerdo de Concejo;

Que, cabe precisar ademas que mediante Exp. 00024-2008-PI/TC, el Tribunal Constitucional ha senalado que "9. ...En consecuencia, el procedimiento para la produccion de ordenanzas distritales en materia tributaria, requiere de la ratificacion por parte del Concejo Provincial y que dicho Acuerdo sea publicado. Solo asi podran cobrarse arbitrios validos, pues se habra respetado el MORDAZA de legalidad para la creacion de normas; 10. De lo expuesto, se desprende que el procedimiento de formacion de una ordenanza municipal distrital sobre la materia tributaria tiene dentro de sus diferentes etapas dos que son fundamentales y que precisamente tienen una determinada prelacion: la primera, consiste en la ratificacion por parte de la municipalidad provincial; y la MORDAZA, referida a la publicacion de la ordenanza distrital ratificada..." Que, motivo por el cual, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por toda municipalidad distrital debe ser ratificado por la municipalidad provincial de su circunscripcion para su vigencia, pues contiene aspectos tributarios; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Articulo 41º - senala que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el articulo 17º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, se; ACUERDA: Articulo 1º.- RATIFICAR, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-CM/MDP, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pativilca, el cual en Anexo de 128 folios forma parte del presente acuerdo. Articulo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Oficina de Secretaria General, el cumplimiento del presente acuerdo. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veintiseis dias del mes de noviembre del dos mil catorce. Registrese, comuniquese y cumplase. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 1183115-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban creacion de la ruta Interdistrital de Transporte Publico de Personas San MORDAZA - MORDAZA de la provincia de Canete
ORDENANZA Nº 044-2014-MPC Canete, 24 diciembre de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2014, en atencion al Informe Nº 121-2014-GT-MPC, de fecha 04 de setiembre de 2014, por el cual la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, remite el proyecto de Ordenanza relacionado a la aprobacion de la Ruta Interdistrital de

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