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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2015 (01/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543864 POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase Dado en la Casa Municipal, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil catorce. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 1183117-1 Ratifican la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-CM/MDP, que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Pativilca ACUERDO DE CONCEJO Nº 0100-2014-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 26 de Noviembre del 2014, en la Estación Orden del Día, el Exp. ROF. 5300-2014 (Ex. 1 y 2), sobre la Ratifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Pativilca por parte del pleno del Concejo Provincial de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos requisitos y costos administrativos de las entidades públicas deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de cada entidad; Que, los Gobiernos Locales son parte de la Administración Pública por lo que es necesario que se apruebe mediante Ordenanza el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, según lo establece el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, ha sido creado con la fi nalidad de unifi car, reducir y simplifi car los Procedimientos Administrativos que se siguen ante las distintas entidades de la Administración Pública dentro de los cuales se encuentran los gobiernos locales; Que, en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en relación a las ORDENANZAS, establece que: (...) Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, con fecha 14 de Noviembre del presente año, mediante el Ofi cio Nº 156-2014-ALC/MDP, la Municipalidad Provincial de Pativilca, remite el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de su comuna Edil, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 019-2014- CM/MDP, para ratifi cación mediante Acuerdo de Concejo por parte de la Municipalidad Provincial de Barranca, a fi n de cumplir con el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014. Que, mediante Informe Nº 0115-2014-GPP/MPB emitido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Barranca, señala que teniendo en cuenta los actuados, opina que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Pativilca aprobado por dicho Concejo Municipal, se encuentra conforme a los lineamientos técnicos y legales establecidos por la normativa vigente acerca de tan importante instrumento de gestión, por lo que, solicita su ratifi cación por parte del pleno del Concejo provincial de Barranca mediante Acuerdo de Concejo; Que, cabe precisar además que mediante Exp. 00024-2008-PI/TC, el Tribunal Constitucional ha señalado que “9. …En consecuencia, el procedimiento para la producción de ordenanzas distritales en materia tributaria, requiere de la ratifi cación por parte del Concejo Provincial y que dicho Acuerdo sea publicado. Solo así podrán cobrarse arbitrios válidos, pues se habrá respetado el principio de legalidad para la creación de normas; 10. De lo expuesto, se desprende que el procedimiento de formación de una ordenanza municipal distrital sobre la materia tributaria tiene dentro de sus diferentes etapas dos que son fundamentales y que precisamente tienen una determinada prelación: la primera, consiste en la ratifi cación por parte de la municipalidad provincial; y la segunda, referida a la publicación de la ordenanza distrital ratifi cada…” Que, motivo por el cual, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por toda municipalidad distrital debe ser ratifi cado por la municipalidad provincial de su circunscripción para su vigencia, pues contiene aspectos tributarios; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Artículo 41º - señala que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el artículo 17º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se; ACUERDA: Artículo 1º.- RATIFICAR, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-CM/MDP, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pativilca, el cual en Anexo de 128 folios forma parte del presente acuerdo. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina de Secretaría General, el cumplimiento del presente acuerdo. Dado en la Casa Municipal, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil catorce. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 1183115-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban creación de la ruta Interdistrital de Transporte Público de Personas San Vicente - Chilca de la provincia de Cañete ORDENANZA Nº 044-2014-MPC Cañete, 24 diciembre de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2014, en atención al Informe Nº 121-2014-GT-MPC, de fecha 04 de setiembre de 2014, por el cual la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, remite el proyecto de Ordenanza relacionado a la aprobación de la Ruta Interdistrital de