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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2015 (01/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543861 lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40° de la misma norma, que señala “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (…)”; Que, asimismo, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, mediante Ordenanza Nº 439-MSS de fecha 31.10.2014, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. Así mismo con Ordenanza Nº 483-MSS de fecha 15.04.2014, se aprobó la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Que, con Memorándum Nº 965-2014-GPPDI-MSS del 19.12.2014, ampliado mediante Informe N° 112-2014- GPPDI-MSS del 26.12.2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, presenta el Informe Técnico sustentatorio de la modifi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, señalando que, las modifi caciones se enmarcan dentro del marco de la modernización del Estado, con la fi nalidad de obtener mayores niveles de efi ciencia en la gestión pública; siendo que la variación de la estructura orgánica se basa en el nuevo mapa de procesos y pone énfasis en reducir el número de unidades orgánicas las mismas que seguirán cumpliendo las funciones defi nidas en el ROF vigente, por lo que, la propuesta incide y modifi ca las dimensiones de la estructura organizacional sin añadir nuevas funciones, ni suprimir, ni modifi car las funciones originales en la propuesta del nuevo ROF, no siendo necesario el análisis funcional correspondiente. En ese sentido, bajo las consideraciones establecidas en el marco de lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, emite opinión favorable por la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, para lo cual remite adjunto el correspondiente proyecto de Ordenanza; Que, del precitado Memorándum e Informe, se aprecia que las modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones de la Corporación, son: i) Creación de la Subgerencia de Prensa y la Sugerencia de Eventos y Protocolo, dependiente de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, adscrita a la Alcaldía; ii) Creación de la Gerencia Municipal Adjunta dependiente de la Gerencia Municipal; iii) Creación de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa dependiente de la Gerencia Municipal; iv) Creación de la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, dependiente de la Gerencia de Administración Tributaria; v) Creación de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, dependiente de la Gerencia de Administración Tributaria; vi) creación de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico; vii) Creación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil, adscrita a la Gerencia Municipal; viii) Creación de la Subgerencia de Tránsito, dependiente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil; ix) Creación de la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana, dependiente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil; x) Creación de la Subgerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil; xi) Creación de la Gerencia de Desarrollo Social, adscrita a la Gerencia Municipal; xii) Creación de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social; xiii) Creación de la Gerencia de Participación Vecinal, dependiente de la Gerencia Municipal, a la cual se le asigna las funciones de Atención al Ciudadano y Defensa del Consumidor; xiv) Creación de la Subgerencia de Logística y Patrimonio dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas; xv) Creación de la Subgerencia de Maestranza y Servicios Generales dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas; xvi) Creación de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adscrita a la Gerencia Municipal; xvii) Creación de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano; xviii) Creación de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, adscrita a la Gerencia Municipal, xix) Creación de la Subgerencia de Bienestar Social dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social; xx) Creación de la Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato, dependiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; xxi) Adecuación a las normas del Sistema de Control Interno; xxii) Implementación de funciones para la investigación y desarrollo; xxiii) Adecuación a las normas de la Ley del Servicio Civil (SERVIR); xxiv) crear la Subgerencia de Iniciativas Públicas, Privadas y Cooperación dependiente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, con Informe Nº 962-2014-GAJ-MSS del 19.12.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada y la normativa vigente, opina por la procedencia de la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de Surco, debiendo remitirse al Concejo Municipal para su aprobación con el quórum correspondiente, de conformidad con sus atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; Que, mediante Memorándum Nº 1004-2014-GM-MSS de fecha 24.12.2014, la Gerencia Municipal expresa su conformidad respecto a la propuesta de modifi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando al Dictamen Conjunto N° 65-2014-CGM-CAJ- MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, al Memorándum Nº 965-2014-GPPDI-MSS, e Informe N° 112-2014-GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, al Informe Nº 962-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con cargo a redacción, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.), LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de Surco en los términos del texto adjunto y el Organigrama institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, que en Anexo I, forman parte integral de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del integro de este documento de gestión en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalcuidadano.gob.pe, conforme prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010- PCM. Artículo Tercero.- LA PRESENTE ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la norma que adecúa el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 439- MSS, la Ordenanza Nº 483-MSS y el Decreto de Alcaldía N° 13-2014-MSS, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1183934-1