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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2015 (01/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543860 del Sistema Nacional de Presupuesto y las leyes anuales de presupuesto; Que, mediante la Ley Nº 30281, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2015, el cual comprende las transferencias de recursos para los gobiernos locales; Que, la Dirección General de Presupuesto Público ha aprobado, mediante la Resolución Directoral Nº 005-2014- EF/50.01, la Directiva Nº 003-2014-EF/50.01, “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público con Perspectiva de Programación Multianual”; Que, mediante acuerdo de vistos, se aprueba el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de San Miguel, incluyendo las transferencias dispuestas por ley a favor del pliego; Que, el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel debe ser promulgado por el alcalde, a través de una resolución de alcaldía, en un plazo que no exceda del 31 de diciembre del año 2014; Que, el Presupuesto Institucional constituye el documento que rige la ejecución del presupuesto del pliego durante el año fi scal 2015; De conformidad con lo prescrito en los artículos 53º y 54º de la ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- PROMULGAR el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego: Municipalidad Distrital de San Miguel, de acuerdo a lo siguiente: (En Nuevos Soles) Gastos Corrientes 71´706,925 Gastos de Capital 4´272,672 Servicio de la Deuda 2´118,484 ------------------- Total 78´098,081 =========== El desagregado de Gastos se detalla en el Reporte de “Resumen a nivel de Fuentes y Genérica”, que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, promulgado en el artículo precedente, se estiman por fuentes de fi nanciamiento de acuerdo a lo siguiente: (En Nuevos Soles) Recursos Ordinarios 606,417 Recursos Directamente Recaudados 45´130,405 Fondo de Compensación Municipal 2´146,232 Impuestos Municipales 30´177,543 Canon y Sobre Canon, Regalías, Rentas de Aduanas 37,484 ------------------- Total 78´098,081 =========== El desagregado de Ingresos por las fuentes antes señaladas, salvo los de recursos ordinarios, se detalla en el reporte “Detalle de Ingresos”, que forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- APROBAR la Estructura Funcional y la Estructura Programática del Presupuesto Institucional del Pliego: Municipalidad Distrital de San Miguel, correspondiente al Año Fiscal 2015, por Categorías Presupuestales, Productos/Actividad/Proyecto, Función, División Funcional, Grupo Funcional, que forman parte de la presente resolución. Artículo 4º.- REMITIR copia de la presente resolución a los organismos señalados en el artículo 54º, numeral 54.1, inciso b) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto así como a la Subgerencia de Presupuesto y Racionalización el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente resolución en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1183376-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad ORDENANZA Nº 507-MSS Santiago de Surco, 26 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto N° 65-2014-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 5007-2014-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 1004-2014- GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 962- 2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 965-2014-GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Desarrollo Institucional, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza de modifi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Funciones - ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de la Administración Pública, en su Artículo 28° precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) Para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y efi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el Artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”;