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El Peruano Martes 6 de enero de 2015 543989 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 400-2014/SUNAT.- Aprueban modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT 544047 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Res. Adm. N° 001-2015-P-PJ.- Disponen conformación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República para el Año Judicial 2015 544048 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RR. Adms. N°s. 001 y 002-2015-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA y de Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima 544049 Res. Adm. N° 001-2015-P-CSJLE/PJ.- Disponen conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, correspondiente al Año Judicial 2015 544053 Res. Adm. N° 1442-2014-P-CSJLIMASUR/PJ.- Felicitan a Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur por su aporte profesional 544054 Res. Adm. N° 001-2015-P-CSJLIMASUR/PJ.- Disponen la conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el Año Judicial 2015 544055 Res. Adm. N° 002-2015-P-CSJLIMASUR/PJ.- Designan y reasignan Jueces Provisionales y Supernumerarios de los Juzgados Especializados y de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el Año Judicial 2015 544056 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Circular N° 001-2015-BCRP.- Índice de reajuste diario a que se refi ere el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de enero de 2015 544060 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 3735-2014-JNE.- Reservan entrega de credencial del electo presidente regional de Cajamarca hasta que su situación jurídica sea resuelta por el órgano jurisdiccional competente, y precisan que el vicepresidente regional asumirá sus funciones 544061 MINISTERIO PUBLICO RR. N°s. 5550 y 5576-2014-MP-FN.- Dan por concluidos nombramiento y designación, nombran y designan fi scales en los Distritos Judiciales de Huaura y Cañete 544062 Res. N° 001-2015-MP-FN.- Designan Fiscal de la Nación Interino 544062 Res. N° 002-2015-MP-FN.- Prorrogan vigencia de diversas Resoluciones de la Fiscalía de la Nación hasta el 31 de enero de 2015 544063 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Fe de Erratas R.J. N° 310-2014-J/ONPE 544064 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. N° 313-2014/JNAC/RENIEC.- Modifi can diversos Procedimientos Administrativos del TUPA del RENIEC 544064 R.J. N° 314-2014/JNAC/RENIEC.- Aprueban ampliación de vigencia de gratuidad en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para personas adultas mayores de 65 años de edad, a nivel nacional, que se realicen en campañas de desplazamiento 544065 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. N° 20-2014-MPC-AL.- Prorrogan vigencia del benefi cio de pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado por Ordenanza N° 021-2014 544066 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30297 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE EL USO DE LOS SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) EN EL INTERIOR DE LOS VEHÍCULOS Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer la obligatoriedad del uso de los sistemas de retención infantil (SRI), conocidos como sillas de bebé/niño, así como de cinturones de seguridad universal en el interior de los vehículos, para niños de hasta doce años de edad, que deben ir fi rmemente asegurados en el asiento posterior del vehículo para retener al niño en el asiento en caso de que se produzca una parada o desaceleración brusca o colisión, manteniéndolo alejado de la estructura del vehículo y protegido de lesiones. Artículo 2. Responsable del uso de los sistemas de retención infantil (SRI) y del cinturón de seguridad universal El que conduce un vehículo de uso particular, comprendido en la categoría M1, en el cual viaja un niño de hasta doce años de edad, asegura al menor en el asiento posterior del vehículo, utilizando los sistemas de retención infantil (SRI) y los cinturones de seguridad universal adecuados a su edad. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley con relación a los conductores de otros vehículos es establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en forma proporcional. Artículo 3. Clasifi cación del aseguramiento por grupos infantiles Todo niño de hasta doce años de edad que viaje en un vehículo automotor debe colocarse en el asiento