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El Peruano Martes 6 de enero de 2015 543995 Que, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2013- MINAM publicada el 02 de marzo de 2013, se designó al abogado Victor Hugo Huamán Tarmeño como Responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente, Responsable del contenido de la información ofrecida en el Portal de Internet Institucional y Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; Que, el mencionado profesional ha solicitado licencia; por lo que corresponde designar al servidor que asumirá las responsabilidades a que se hacen referencia en el considerando precedente; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; el Decreto Supremo Nº 007-2008- MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Victor Hugo Huamán Tarmeño como Responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente y Responsable del contenido de la información ofrecida en el Portal de Internet Institucional; así como Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Jorge Aurelio Calle Valladares como Responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente y Responsable del contenido de la información ofrecida en el Portal de Internet Institucional; así como Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM. Artículo 3º.- El Especialista Responsable en Informática y Tecnología de la Información y el Especialista en Comunicaciones I, o quienes hagan sus veces, brindarán el soporte técnico necesario para el cumplimiento del encargo conferido en el artículo precedente. Artículo 4º.- La Secretaria General estará a cargo de la supervisión de la actualización permanente del Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente, del cumplimiento de las responsabilidades de brindar información pública a los administrados y del cumplimiento de las funciones del Responsable del Libro de Reclamaciones. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a todos los órganos del Ministerio del Ambiente y al responsable designado. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1184272-1 Delegan diversas facultades a funcionarios a cargo de la Secretaría General, la Oficina General de Administración y otros del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 415-2014-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, determina la competencia, funciones y estructura orgánica del Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, según el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, la Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú, precisando en el inciso 7.1 de su artículo 7 que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, modifi cado por la Ley N° 29873, el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga, con excepción de la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, en ese contexto, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados, en materia presupuestal, en la contratación de bienes, servicios y obras, así como en la gestión de los recursos humanos, que permitan al Ministerio del Ambiente cumplir con las funciones previstas tanto en su Ley de Creación, Organización y Funciones, así como con la programación de las metas institucionales para el Ejercicio 2015, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008- MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; y, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, modifi cada por la Ley N° 29873. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades a la Secretaría General Delegar en la/el funcionaria/o a cargo de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. Facultades de índole presupuestal: a) Las que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. b) Aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. 1.2. Facultades de representación, para lo siguiente: