Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

544003
normas reglamentarias, complementarias y modificatorias y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en su sesion de fecha 27 de marzo de 2013, en virtud del cual se acordo incorporar al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada el Proyecto Tramo 4 de la Longitudinal de la Sierra: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc ­ Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM y bajo el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en su sesion de fecha 17 de noviembre de 2014, en virtud del cual se aprobo la modificacion del numeral 1 del acuerdo de Consejo Directivo Nº 514-1-2013-CPI, de fecha 27 de marzo de 2013, citado en el articulo precedente, en cuanto a la nominacion del proyecto, el cual sera denominado como Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 4: Huancayo Izcuchaca - Mayocc - Ayacucho/Ayacucho - Andahuaylas - MORDAZA Sahuinto/Dv. MORDAZA ­ Huaytara - Ayacucho. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1184326-3

Longitudinal de la MORDAZA Tramo 4: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc - Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones remitio a PROINVERSION el Informe de Evaluacion del mencionado Proyecto, el cual cumple con el contenido minimo descrito en el numeral 5.1 del Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico ­ Privadas para la Generacion del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada; Que, mediante Acuerdo PROINVERSION Nº 514-12013-CPI, adoptado en Sesion Nº 514 del 27 de marzo de 2013, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordo incorporar al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada, el Proyecto Tramo 4 de la Longitudinal de la Sierra: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc ­ Ayacucho/ MORDAZA ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto; asimismo se asigno al Comite de PROINVERSION en Proyectos en de Infraestructura Vial, Infraestructura Ferroviaria e Infraestructura Aeroportuaria ­ PRO INTEGRACION, la conduccion del indicado MORDAZA de promocion; Que, mediante Oficio Nº 353-2014-MTC/09, de fecha 20 de marzo de 2014, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite a PROINVERSION el Informe de Evaluacion actualizado de la Carretera Longitudinal de la Sierra-Tramo 4: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc - Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto/ Dv MORDAZA ­Huaytara-Ayacucho, situacion que implico, entre otros, la necesidad de modificar los alcances y la denominacion del Proyecto cuya incorporacion al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada fue aprobada mediante acuerdo mencionado en el parrafo precedente; Que, mediante Oficio Nº 504-2014-MTC/09, de fecha 28 de MORDAZA de 2014 y Oficio Nº 992-2014-MTC/09, de fecha 10 de octubre de 2014, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite a PROINVERSION el informe de evaluacion actualizado de la Carretera Longitudinal de la Sierra-Tramo 4: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc - Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto/ Dv MORDAZA ­Huaytara-Ayacucho; Que, mediante Oficio Nº 12-2014/PROINVERSION/ DPI/SDGP/JPVI.07 de fecha 10 de octubre de 2014, PROINVERSION remite al Ministerio de Economia y Finanzas el Informe de Evaluacion actualizado y solicita se emita opinion conforme al Numeral 8.2 del Articulo 8 del Decreto Supremo Nº 127-2014-EF; Que, mediante Oficio Nº 268-2014-EF/15.01 del 29 de octubre de 2014, el Ministerio de Economia y Finanzas adjunta el Informe Nº 082-2014-EF/68.01 en el cual emite opinion favorable al informe de evaluacion actualizado del proyecto "Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 4: Huancayo-Izcuchaca-Mayocc-Ayacucho/AyacuchoAndahuaylas-Puente Sahuinto/Dv. MORDAZA ­ Huaytara ­ Ayacucho". Que, mediante Acuerdo PROINVERSION Nº 641-12014-CPI, adoptado en Sesion Nº 641 del 17 de noviembre de 2014, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo la modificacion del numeral 1 del acuerdo de Consejo Directivo Nº 514-1-2013-CPI, adoptado en sesion de fecha 27 de marzo de 2013, acuerdo de incorporacion del Proyecto Tramo 4 de la Longitudinal de la Sierra: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc ­ Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto, respecto de la denominacion del Proyecto, acordandose que el mismo se denominara desde ese momento Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 4: Huancayo ­ Izcuchaca ­ Mayocc ­ Ayacucho/Ayacucho ­ Andahuaylas ­ MORDAZA Sahuinto/ Dv. MORDAZA ­ Huaytara ­ Ayacucho; Que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSION referidos en los considerandos anteriores deben ser ratificados por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus

Aprueban Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 434-2014-EF/52 MORDAZA, 31 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se constituye en el Ministerio de Economia y Finanzas el Fondo de Deuda Soberana, con un aporte inicial hasta por el equivalente al 1% (uno por ciento) del valor total de los bonos soberanos en circulacion, con cargo a los saldos presupuestales de libre disponibilidad del Tesoro Publico al cierre del Ano Fiscal 2013, con el objetivo de contribuir a un mayor dinamismo del MORDAZA MORDAZA de obligaciones del Tesoro Publico en moneda local; Que, asimismo, dicha Disposicion Complementaria Final establece que mediante resolucion ministerial se aprueba el reglamento operativo del citado Fondo; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 2452014-EF/52 se aprobo el documento denominado "Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos 20142017", el mismo que ratifica en sus lineas de accion para mejorar la estructura del MORDAZA la necesidad de constituir un Fondo de Deuda Soberana del Tesoro como un fondo indice referencia del rendimiento libre de riesgo de credito, tanto para los participes y afiliados como para las administradoras de fondos mutuos y de fondos de pensiones del MORDAZA local, ayudando directamente a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.