Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Articulo 4.- De la observancia de los requisitos legales. La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente resolucion, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 5.- De la Notificacion y Publicacion Notificar la presente resolucion a los funcionarios en quienes han sido delegadas facultades y atribuciones; asi como disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1184272-2

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112012-MIDIS, y a efectos de la mayor fluidez de la marcha administrativa del Ministerio, resulta pertinente delegar en la Secretaria General y en la Oficina General de Administracion, facultades y atribuciones en materia presupuestal, administrativa y de gestion que no MORDAZA privativas de la funcion de la Ministra en la cartera de Desarrollo e Inclusion Social; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Publico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegar en el Secretario (a) General del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, durante el ejercicio 2015, las siguientes facultades: 1.1. En materia presupuestaria: a. Aprobar la formalizacion de las notas modificatorias en el nivel funcional programatico. b. Aprobar directivas internas para la racionalizacion del gasto y para el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del ejercicio 2015, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, conforme a las disposiciones de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. 1.2. En materia administrativa y de gestion: a. Designar a los responsables, titulares y suplentes, del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001. b. Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social en los actos y/o actividades que resulten necesarias cuando actue como administrado ante cualquier MORDAZA de autoridad y/o dependencia administrativa, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en todo MORDAZA de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnacion y ofrecer medios probatorios, ejerciendo los medios de defensa correspondientes, en coordinacion con la Procuraduria Publica, de ser el caso. c. Suscribir, modificar y resolver convenios de gestion, convenios de colaboracion y/o cooperacion interinstitucional, y otros instrumentos de igual naturaleza, con alcance sectorial, asi como sus respectivas adendas. d. Suscribir, modificar y resolver los contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable o de otros instrumentos de igual naturaleza. 1.3. En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: a. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones. b. Resolver los recursos de impugnacion interpuestos en el MORDAZA de los procesos de seleccion que convoque la Entidad o que hayan sido convocados por una entidad privada, nacional o internacional, con la cual se MORDAZA suscrito convenio por encargo, salvo que corresponda resolver al Tribunal de Contrataciones del Estado, segun lo dispuesto en la normativa de la materia. Articulo 2.- Delegar en el Jefe (a) de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, durante el ejercicio 2015, las siguientes facultades:

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Delegan diversas facultades en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio, durante el ejercicio 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 001-2015-MIDIS MORDAZA, 5 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normativa lo autorice; Que, de acuerdo con lo prescrito en el literal e) del articulo 12 de la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el Ministro en la cartera de Desarrollo e Inclusion Social ejerce las funciones que le asigne la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion; Que, en materia presupuestaria, el numeral 7.1 del articulo 7 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala que el Titular de la Entidad es la mas alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en dicha materia pueden ser objeto de delegacion, cuando asi lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Publico y/o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, en materia administrativa, el articulo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y modificada por Ley Nº 29873, indica que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que dicha MORDAZA le otorga, no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, atendiendo a la estructura organica del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, conforme a lo establecido en su Reglamento de Organizacion y

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