Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Que, el articulo 11 del citado dispositivo legal establece que el ejercicio del cargo de miembro del Consejo Directivo tiene una duracion de dos (2) anos, pudiendo ser renovado; Que, mediante Resolucion Suprema N° 062-2012-PCM se designo a la abogada MORDAZA MORDAZA Malaga MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo y Presidenta Ejecutiva del IRTP, y a traves de las Resoluciones Supremas Nros. 0632012-PCM; 064-2012-PCM y 302-2013-PCM, se designo a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros del Consejo Directivo; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designacion de la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru-IRTP en el cargo de miembro del Consejo Directivo, siendo necesario designar a la persona que se desempenara en el cargo MORDAZA senalado; Que, habiendo transcurrido el plazo legal de dos (2) anos de las designaciones referidas en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion Suprema, resulta pertinente renovar, segun corresponda, la designacion de los miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru-IRTP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Supremo N° 056-2001ED y modificatorias que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru-IRTP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la abogada MORDAZA MORDAZA Malaga, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Television del PeruIRTP, en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television-IRTP, dandose las MORDAZA por los servicios prestados, quedando vigente su designacion como Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru, efectuada mediante Resolucion Suprema Nº 062-2012-PCM. Articulo 2º.- Renovar la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, como miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru-IRTP. Articulo 3º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru-IRTP. Articulo 4.- La presente resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1186172-3

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

el Informe Nº 001-2015-MINAGRI-OGPP/OPLA, emitido por la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, ambos de fecha comun 06 de enero de 2015, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997 se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, con relacion a su denominacion, estructura y funciones, disponiendose en el articulo 2 de la citada Ley, que a partir de su vigencia, el Ministerio ha adquirido una nueva denominacion, debiendo entenderse toda referencia legislativa al Ministerio de Agricultura como efectuada al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el numeral 1 del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la funcion de dirigir el MORDAZA de planeamiento estrategico sectorial, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y determinar los objetivos sectoriales funcionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuacion; y asignar los recursos necesarios para su ejecucion, dentro de los limites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, conforme lo establece el numeral 71.1 del articulo 71 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, las Entidades para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales deben tomar en cuenta su Plan Estrategico Institucional (PEI), que debe ser concordante con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), segun sea el caso; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el numeral 71.2 del articulo 71 del acotado Texto Unico Ordenado, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estrategico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a traves de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignacion de los fondos publicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, el numeral 71.3 del mencionado articulo 71 preve que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada ano fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, asi como la oportunidad de su ejecucion, a nivel de cada dependencia organica; Que, en atencion a la normativa citada precedentemente y de acuerdo a sus funciones establecidas en los articulos 25, 26, y 28 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto adjunta al Informe de Vistos la propuesta del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego para el Ano Fiscal 2015, precisando que el mismo ha sido elaborado en concordancia con los objetivos y actividades estrategicas del Plan Estrategico Sectorial Multianual - PESEM 2012-2016, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0161-2012-AG; del Plan Estrategico Institucional ­ PEI, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0301-2014-MINAGRI; y, del Presupuesto Institucional de Apertura ­PIA asignado al MINAGRI para el ano 2015; elaborado bajo un enfoque de planeamiento estrategico y de gestion por resultados; refiriendo asimismo, que la metodologia empleada en el citado instrumento de gestion se cine a lo dispuesto en la Directiva Sectorial N° 004-2014-MINAGRI-DM "Directiva Sectorial para la formulacion, seguimiento y evaluacion del Plan Operativo Institucional ­ POI del Ministerio de Agricultura y Riego, sus Programas, Proyectos Especiales y Organismos Publicos Adscritos";

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el Ano Fiscal 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0007-2015-MINAGRI MORDAZA, 8 de enero de 2015 VISTOS: El Oficio Nº 005-2015-MINAGRI-OGPP/OPLA emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y

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