TEXTO PAGINA: 8
El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544226 sobre el logro de los objetivos y fi nes, en relación a los planes institucionales aprobados; d. Fomentar la evaluación y seguimiento de los convenios que suscribe el IGP con otras instituciones; e. Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Directivo; f. Otras funciones que le correspondan de acuerdo a ley. PRESIDENCIA EJECUTIVA Artículo 10.- Presidencia Ejecutiva La Presidencia Ejecutiva está a cargo de un funcionario público, quien desarrolla funciones de preeminencia política, es titular del pliego, máxima autoridad ejecutiva de la institución y la representa ofi cial y legalmente ante instituciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional. Tiene como función general dirigir y supervisar la ejecución de las funciones de los diferentes órganos de la institución en cumplimiento a lo establecido en su Ley de Creación, Acuerdos del Consejo Directivo, las políticas y planes institucionales y demás normas sectoriales y nacionales de cumplimiento obligatorio. Es nombrado por Resolución Suprema. Artículo 11.- Funciones del Presidente Ejecutivo Las funciones del Presidente Ejecutivo son: a. Presidir el Consejo Directivo; b. Proponer al Consejo Directivo los lineamientos, políticas, planes, programas y proyectos institucionales para el desarrollo de la investigación científi ca, tecnológica y de gestión administrativa en armonía con los fi nes y objetivos de la institución y planes nacionales; c. Proponer al Consejo Directivo, el Plan Estratégico Institucional (PEI), el Presupuesto Institucional Anual, la Memoria Institucional Anual, el proyecto de Escala Remunerativa y proyecto de normatividad relacionada a los fi nes institucionales para su aprobación; d. Proponer la aprobación de los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); e. Dirigir, supervisar y gestionar la política y planes de la institución de conformidad con lo dispuesto de acuerdo a ley, los lineamientos de política nacional y acuerdos que dicte el Consejo Directivo e informar periódicamente sobre su avance; f. Aprobar el Plan Operativo Institucional y su reformulación (POI), Clasificador de Cargos (CC), Manual de Procesos y Procedimientos (MAPRO), Manual de Perfil de Puestos (MPP), Estados Financieros (EEFF), Plan Anual de Contrataciones (PAC), Plan de Desarrollo de las Personas (PDP), Guía de Servicios, Plan Anual de Mantenimiento y Plan de Ecoeficiencia; así como otras normas, planes, directivas y procedimientos para el cumplimiento de los objetivos institucionales; g. Expedir Resoluciones dentro del ámbito de su competencia y suscribir contratos y convenios con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras, de conformidad con los fi nes y objetivos de la institución; h. Designar, remover y aceptar la renuncia del Director Científi co, del Secretario General, Directivos Superiores y de aquellos que ejerzan cargos de confi anza; i. Delegar las funciones delegables al Director Científi co, Secretario General y a otros servidores públicos conforme convenga e Informar al Consejo Directivo sobre la delegación; j. Disponer las acciones que correspondan a fi n de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las normas de control y adopción de medidas correctivas de conformidad con los informes emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control; k. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de la gestión administrativa e institucional referida al desarrollo de la investigación científi ca, tecnológica, innovación e informar al Consejo Directivo; l. Evaluar, suscribir y velar por el seguimiento de los convenios de la institución; m. Representar a la institución, ante instituciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional, en aspectos relacionados con sus funciones e Informar a la población cuando corresponda como titular de la institución, sobre las actividades institucionales desarrolladas, haciendo uso de los diferentes medios y estrategias de comunicación; n. Otras funciones encargadas por el Consejo Directivo dentro del ámbito de su competencia. SECRETARÍA GENERAL Artículo 12.- Secretaria General La Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo administrativo, cumple la función de Secretario en el Consejo Directivo. Tiene como función general dirigir, supervisar y evaluar la ejecución de las funciones de administración interna y la promoción del Código de Ética de la Función Pública, Trámite Documentario, Archivo Central y Seguridad. Depende jerárquicamente de la Presidencia Ejecutiva. Artículo 13.- Funciones de la Secretaría General Las funciones de la Secretaría General son: a. Evaluar y proponer al Presidente Ejecutivo los lineamientos, políticas, planes, programas, proyectos y convenios; así como directivas y procedimientos relacionados con la función de administración interna desarrollados por los órganos de asesoramiento y de apoyo administrativo, en armonía con los objetivos y fi nes de la institución y los planes nacionales; b. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de la institución en relación con las funciones de administración interna desarrolladas por los órganos de asesoramiento y de apoyo administrativo, de conformidad con lo que disponga la Presidencia Ejecutiva; c. Representar al Presidente Ejecutivo, ante instituciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional, en aspectos relacionados con sus funciones, por disposición de la misma; d. Coordinar el cumplimiento oportuno de los requerimientos de información solicitados por los órganos responsables de la conducción de los Sistemas Administrativos y entes rectores; e. Proponer la capacitación y formación del personal de los órganos de administración interna, presentando candidatos a becas y pasantías; f. Conducir y coordinar el Sistema de Trámite Documentario de la institución, estableciendo la normativa interna y procedimientos, que aseguren el seguimiento, la atención oportuna y la calidad de la información proporcionada; g. Conducir y coordinar el Sistema de Archivo Documentario de la institución, estableciendo la normativa interna y procedimientos que aseguren la disponibilidad, custodia, conservación, transferencia y eliminación progresiva de la documentación de los archivos de la institución; h. Conducir el registro, distribución, archivo y custodia de la documentación institucional y de los dispositivos legales internos de la institución, y su publicación cuando corresponda; así como transcribir y autenticar sus copias; i. Establecer la adopción de medidas correctivas en cumplimiento a los informes del Órgano de Control Institucional; j. Fomentar y supervisar la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecidas en la Ley del Código de Ética de la Función Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; k. Expedir Resoluciones dentro del ámbito de su competencia por delegación expresa de la Presidencia Ejecutiva; l. Conducir los aspectos de Seguridad y del SINAGERD en las sedes de la entidad; m. Supervisar el cumplimiento de las metas y objetivos de los Convenios en lo que respecta a los aspectos de administración interna; n. Otras funciones encargadas por el Presidente Ejecutivo dentro del ámbito de su competencia.