Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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la prestacion de servicios y, la realizacion de estudios y proyectos, en las diversas areas de la Geofisica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2001-ED, se aprobo la Reestructuracion Organizativa Institucional y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Instituto Geofisico del Peru (IGP), el que fue modificado posteriormente mediante el Decreto Supremo Nº 0602001-ED, constituyendose en un documento de gestion de la estructura organizacional acorde a sus necesidades; Que, mediante Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y normas complementarias, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, para cuyo efecto la MORDAZA establece las principales acciones y los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica; Que la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone la adscripcion del Instituto Geofisico del Peru ­ IGP, como organismo publico ejecutor del Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, en dicho contexto, resulta necesario adecuar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geofisico del Peru, a los actuales niveles de exigencia y modernizacion que requiere el Estado, Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia de Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 0432006-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del ROF del IGP Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Instituto Geofisico del Peru (IGP), el mismo que consta de cuarenta y tres (43) Articulos, siete (07) Capitulos, cinco (05) Titulos, y una (01) Disposicion Complementaria Final y un Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion El presente Decreto Supremo y el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Instituto Geofisico del Peru seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el MORDAZA Institucional del Instituto Geofisico del Peru (www.igp.gob.pe), el mismo dia de la publicacion del presente decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Denominacion Toda referencia en normas anteriores a las Oficinas y Organos de Linea que no formen parte del presente

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

Reglamento de Organizacion y Funciones, deben identificarse con las nuevas Oficinas, Direcciones, Subdirecciones y Organos Desconcentrados, de acuerdo con sus funciones. Segunda.- Financiamiento La aplicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Instituto Geofisico del Peru (IGP) se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogatoria Deroguese el Decreto Supremo Nº 026-2001-ED, que aprueba la Restructuracion Organizativa Institucional y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Instituto Geofisico del Peru, asi como el Decreto Supremo Nº 060-2001-ED, que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones del IGP. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PULGAR - MORDAZA OTALORA Ministro del Ambiente REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCE Articulo 1.- Naturaleza Juridica El Instituto Geofisico del Peru - IGP es un organismo publico ejecutor con personeria juridica de derecho publico, constituye pliego presupuestal, tiene autonomia tecnica, administrativa y economica para ejercer sus funciones con arreglo a la normativa vigente, se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente. Articulo 2.- Ambito de Competencia y Domicilio El Instituto Geofisico del Peru - IGP es una entidad de competencia nacional, tiene su domicilio legal y sede principal en la MORDAZA de Lima. Puede establecer observatorios, laboratorios, centros de investigacion y oficinas en cualquier lugar del territorio nacional; cuenta con autoridad para normar sobre aspectos geofisicos, incluyendo los estudios sobre ambiente sismico y fenomenos asociado a la investigacion cientifica, la ensenanza y la capacitacion, la prestacion de servicios, y la realizacion de estudios y proyectos en los diversos MORDAZA de la geofisica, para el desarrollo de la ciencia y contribucion al MORDAZA de estimacion en la gestion de riesgos de desastre, contribuyendo a la mitigacion de los efectos destructores de los peligros geofisicos y aquellos de origen antropico. Articulo 3.- Funciones del Instituto Geofisico del Peru El Instituto Geofisico del Peru tiene las siguientes funciones: a. Promover, asesorar, coordinar, representar y organizar las acciones para el desarrollo de la geofisica y sus aplicaciones; b. Ejecutar la politica institucional, programas, planes y proyectos, sobre investigacion cientifica e innovacion tecnologica en geofisica y su interaccion con la sociedad, que conduzcan al logro de sus objetivos y finalidad, asi como evaluar los resultados y avances de su ejecucion; c. Promover, organizar, desarrollar y coordinar la investigacion cientifica e innovacion tecnologica y otras

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