Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

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c. Realizar las observaciones, recopilacion y registro de las diversas variables de los fenomenos geofisicos vulcanologicos manteniendo la mas alta calidad posible en la informacion que se registra; d. Elaborar las proyecciones de los volcanes y su desarrollo; e. Implementar y mantener, en coordinacion con la Oficina de Tecnologia de la Informacion y Datos Geofisicos un banco de datos vulcanologicos de la Red de Monitoreo; f. Comunicar a la Direccion Cientifica los resultados del trabajo cientifico y tecnico que realiza; g. Brindar la informacion solicitada por los organos de alta direccion, asesoramiento, apoyo y entes rectores; h. Proponer lineamientos y directivas en el ambito de su competencia; i. Otras funciones encargadas por la Direccion Cientifica dentro del ambito de su competencia. TITULO III REGIMEN LABORAL Articulo 41.- Regimen Laboral El regimen laboral del Instituto Geofisico del Peru es el de la Actividad Privada, regulado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 y sus normas modificatorias complementarias y reglamentarias, hasta la implementacion del Regimen regulado por la Ley Nº 30057 ­ Ley del Servicio Civil. TITULO IV REGIMEN ECONOMICO Articulo 42.- Regimen Economico Son recursos economicos y financieros de la Institucion: · Los recursos que asigne la Ley Anual de Presupuesto. · Los recursos directamente recaudados que genere. · Las donaciones, legados, transferencias y otros aportes nacionales e internacionales. · Los demas establecidos por Ley. TITULO V RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 43.- Relaciones Interinstitucionales El IGP para el cumplimiento de sus funciones, fines y objetivos, mantiene relaciones interinstitucionales a nivel nacional con las instituciones publicas de los diferentes niveles de gobierno, con las del sector privado, asi como con las instituciones de nivel internacional, priorizando la atencion de: · Las entidades pertenecientes al Sector Ambiental. · Las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica para fortalecer el desarrollo cientifico y tecnologico del pais. · Las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Gestion de Riesgos y Desastres para fines de prevencion y atencion de desastres. · Universidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras. · El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien participara en el Consejo Directivo como invitado. · Las instituciones publicas de los diferentes niveles de gobierno para atender sus requerimientos y entidades privadas para la prestacion de servicios, entre otros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Unica.- Publicacion de Documentos de Gestion Disponer que el Instituto Geofisico del Peru apruebe sus Documentos de Gestion, dentro de los 90 dias calendarios de entrada en vigencia del presente Reglamento.

h. Coordinar con la Oficina de Administracion y demas organos del IGP, aspectos relacionados con las funciones de cada organo; i. Comunicar a la Direccion Cientifica los resultados del trabajo cientifico, tecnico y administrativo que realiza el Observatorio; j. Proponer lineamientos y directivas en el ambito de su competencia; k. Otras funciones encargadas por la Direccion Cientifica dentro del ambito de su competencia. RADIO OBSERVATORIO DE JICAMARCA Articulo 37.- Radio Observatorio de Jicamarca El Radio Observatorio de Jicamarca tiene como funcion general y prioritaria llevar a cabo actividades relacionadas con el estudio de la alta atmosfera. Depende jerarquicamente de la Direccion Cientifica. Articulo 38.- Funciones del Radio Observatorio de Jicamarca Las funciones del Radio Observatorio de Jicamarca son: a. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades del Radio Observatorio en coordinacion con los investigadores cientificos usuarios; b. Realizar las observaciones, recopilacion y registro de las diversas variables de Alta Atmosfera, manteniendo la mas alta calidad posible en la informacion que se registra; c. Mantener operativos los instrumentos y equipos de medicion a cargo del observatorio, en coordinacion estrecha con los investigadores usuarios de la informacion; d. Mantener en buen estado de conservacion la infraestructura fisica como laboratorios, oficinas, jardines e instalaciones del Observatorio; e. Promover a traves de los investigadores cientificos de la entidad trabajos de investigacion y desarrollo cientifico sobre alta atmosfera con las Universidades; f. Implementar y mantener, en coordinacion con la Oficina de Tecnologia de la Informacion y Datos Geofisicos un banco de datos geofisicos con los resultados y los datos de las observaciones que se llevan a cabo en el observatorio; g. Coordinar con las otras dependencias de la entidad los estandares que se deben seguir en comunicaciones y telematica; h. Coordinar con la Oficina de Administracion y otros organos del IGP los aspectos relacionados con estos organos; i. Comunicar a la Direccion Cientifica los resultados del trabajo cientifico y tecnico que realiza el Observatorio; j. Promover y coordinar investigaciones de interes comunes con Instituciones de Investigacion Internacionales; k. Proponer lineamientos y directivas en el ambito de su competencia; l. Otras funciones encargadas por la Direccion Cientifica dentro del ambito de su competencia. OBSERVATORIO VULCANOLOGICO DEL SUR Articulo 39.- Observatorio Vulcanologico del SUR El Observatorio Vulcanologico del Sur tiene como funcion general observar y documentar las manifestaciones fisicas, quimicas, geologicas y petrologicas de los volcanes activos, con la finalidad desarrollar investigaciones cientificas que permitan el desarrollo de planes de prevencion de desastres. Depende jerarquicamente de la Direccion Cientifica. Articulo 40.- Funciones del Observatorio Vulcanologico del Sur Las funciones del Observatorio Vulcanologico del Sur son: a. Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades del Observatorio Vulcanologico del Sur en coordinacion con los investigadores cientificos usuarios; b. Mantener operativos los instrumentos y equipos de medicion a cargo de la Red de Monitoreo Vulcanologica, en coordinacion estrecha con los investigadores usuarios de la informacion;

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