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El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544232 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Delegan diversas facultades en la Secretaria General, Directora General de la Oficina General de Administración y en el Director de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, durante el Ejercicio Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2015-MINCETUR San Isidro, 5 de enero de 2015 Vistos, el Memorándum Nº 706-2014-MINCETUR/SG/ OGPPD y el Informe Nº 048-2014-MINCETUR/OGPPD- OPP, remitidos por la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo; el Memorándum Nº 389- 2014-MINCETUR/SG-OGA y el Informe Nº 057-2014- MINCETUR/SG/OGA-OASA, remitidos por la Ofi cina General de Administración; el Memorándum Nº 1626- 2014-MINCETUR/OCEX del Director de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX); el Memorando Nº 005-2015-MINCETUR/SG/AJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función y siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 del referido Texto Único Ordenado establece que “…las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.”; Que, a través de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se establecen las normas para la gestión presupuestaria y ejecución del gasto público que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2015; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; y, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el segundo párrafo del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que “… el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento.”; Que, la Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/ DIGESNAP, que aprueba la Directiva Nº 001-82-INAP/ DNP “Directiva Nacional de Personal que norma de modo ORGANIGRAMA DEL INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU 1186172-1