Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

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garantizar que los ciudadanos peruanos residentes en la Republica de MORDAZA puedan gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su MORDAZA, el Estado debe implementar, de manera directa o asociada con el sector privado, acciones para lograr la ejecucion y desarrollo de un Complejo Cultural en el terreno referido en el considerando precedente donde se pueda exhibir la riqueza y cultura nacional, en estricta observancia de la normativa interna del citado pais; Que, el numeral 20 del articulo 6 de la Ley 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece como funcion especifica del Ministerio de Relaciones Exteriores disenar y ejecutar en el exterior acciones de defensa y difusion del patrimonio cultural, de conformidad con la politica nacional en la materia; Que, el numeral 8 del articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como funcion del Ministerio de Defensa desarrollar planes especiales, acciones estrategicas y acciones civicas para la pacificacion y coadyuvar en el desarrollo de las zonas de emergencia, fronterizas y areas criticas; Que, el literal p) del articulo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, establece como funcion exclusiva del Ministerio de Cultura coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y con la colaboracion de otras entidades competentes, las acciones y actuaciones en el exterior que correspondan, en el ambito de cultura, orientadas a la difusion, proteccion, recuperacion y repatriacion de los bienes de patrimonio cultural y la promocion cultural en el exterior; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo propuesto; DECRETA:

de la Direccion de Patrimonio Inmaterial y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 28296; Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565; el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011/MC, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los conocimientos, saberes y practicas relacionadas a la construccion y uso de los Altares de Espejos en el sur MORDAZA por la complejidad de sus significados y como expresion original de la fe y arte de los pobladores de MORDAZA y Apurimac. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la difusion del Informe Nº 511-2014-DPI-DGPC/MC y la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Articulo 3°.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 511-2014-DPI-DGPC/MC a la Direccion Desconcentrada de Cultura de MORDAZA y a la Municipalidad Provincial de MORDAZA para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1185420-1

DEFENSA
Decreto Supremo que declara de Interes Nacional y Necesidad Publica la ejecucion y desarrollo de un Complejo Cultural en el terreno denominado "El Chinchorro" de propiedad del Estado Peruano, ubicado en la MORDAZA de MORDAZA ­ Republica de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 001-2015-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 44 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que es deber del Estado establecer y ejecutar la politica de fronteras y promover la integracion, particularmente latinoamericana, asi como el desarrollo y la cohesion de las zonas fronterizas, en concordancia con la politica exterior; Que, es objetivo general y estrategico de la Politica Nacional promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar el MORDAZA de su insercion a nivel global; Que, el Estado peruano es propietario del terreno denominado "El Chinchorro", ubicado en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, Region de MORDAZA y Parinacota, en la Republica de MORDAZA, el mismo que fue adquirido en el ano 1926 con la finalidad de dar alojamiento y refugio a los plebiscitarios tacnenos que optaron por permanecer como parte del territorio peruano, tras la MORDAZA del MORDAZA en 1879, e inscrito a su favor en el Registro del Conservador de Bienes Raices de MORDAZA el 28 de enero de 1935, por lo que se encuentra saneado legalmente para su eventual utilizacion; Que, con el proposito de promover los intereses nacionales en el contexto internacional y, a fin de

Articulo 1º.- Interes Nacional y Necesidad Publica Declarar de Interes Nacional y Necesidad Publica la ejecucion y desarrollo de un Complejo Cultural en el terreno de propiedad del Estado peruano denominado "El Chinchorro", ubicado en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, Region de MORDAZA y Parinacota, en la Republica de Chile. Articulo 2º.- Autorizacion Autorizar a los Ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Cultura a emitir las disposiciones que resulten necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. El Ministro de Defensa conduce las acciones orientadas a la ejecucion y desarrollo del Complejo Cultural descrito en el articulo 1, dando cuenta a la Presidencia del Consejo de Ministros de los resultados del encargo encomendado. Articulo 3º.- Participacion de otras entidades Los Ministros autorizados podran convocar a otras entidades publicas o privadas, cuya participacion se estime necesaria para la consecucion de sus fines. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa y la Ministra de Cultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA ALVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura 1186171-1

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