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El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544233 permanente, el contenido de formulación, aprobación y modifi cación de los Presupuestos Analíticos de Personal de las Entidades del Sector Público”, precisa que el Presupuesto Analítico de Personal – PAP será aprobado por el Titular del Pliego o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF-52.03, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispuso que, a partir del 2014, las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante diversas Resoluciones Ministeriales, se delegó en funcionarios de la cartera ministerial de Comercio Exterior y Turismo, facultades que corresponden al Titular de la Entidad; por lo que, se considera conveniente actualizarlas y congregarlas en un solo cuerpo normativo que compendie tales delegaciones de facultades, a fi n de optimizar el accionar de la entidad; Con el visado de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.304- 2012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; la Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP; y, la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF-52.03; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en la Secretaria General, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora: 001 del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR): 1.1. En Materia Presupuestaria: a) Aprobar y/o formalizar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo informe debidamente sustentado de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo. b) Remitir la evaluación presupuestaria del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a los organismos públicos de acuerdo a Ley. c) Remitir el proyecto de presupuesto del Sector 35: Comercio Exterior y Turismo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República. d) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. La delegación de las facultades señaladas precedentemente comprende a todas las Unidades Ejecutoras del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR). 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modifi catorias. b) Aprobar las bases de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación de Menor Cuantía Derivada de la declaratoria de desierto de dichos procesos de selección; así como las bases de los procesos de selección, por encargo a organismos internacionales, equivalentes en cuantía a Licitación Pública y Concurso Público. c) Autorizar los procesos de estandarización para la adquisición de bienes y contratación de servicios. d) Designar a los integrantes de los Comités Especiales y de los Comités Especiales Permanentes; así como, aprobar su reconformación y autorizar las reincorporaciones permitidas por Ley. e) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía que no deriven de la declaratoria de desierto de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas. Las actuaciones efectuadas en uso de la delegación de facultades del presente numeral deberán realizarse con arreglo a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y sus modifi catorias; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF y sus modifi catorias. 1.3. En materia de acciones administrativas: a) Certifi car la autenticidad de los documentos emitidos por el MINCETUR. b) Seleccionar a los locadores de servicios, así como suscribir los términos de referencia, contratos y adendas con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público, regulado por el Decreto Ley Nº 25650 y demás normas modifi catorias y complementarias; así como, remitir los documentos a los que se refi ere el numeral 6.2 de los Lineamientos para la Administración del Fondo antes mencionado, aprobado por Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 061-2014-EF. c) Autorizar las contrataciones de servicios personales que se requiera, en aplicación de los artículos 38 y 39 del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. d) Autorizar la suscripción de contratos de personal al amparo del Decreto Legislativo Nº 728 y normas reglamentarias, complementarias y modifi catorias, en los casos que proceda de acuerdo a Ley. Artículo 2.- Delegar en la Directora General de la Ofi cina General de Administración, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora: 001 del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR): 2.1. En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar los Expedientes de Contratación para la realización de los procesos de selección. b) Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de selección. c) Aprobar las bases de los procesos de selección de Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación de Menor Cuantía y Adjudicación de Menor Cuantía Derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de selección antes mencionados; así como las bases de los procesos de selección, por encargo a organismos internacionales, equivalentes en cuantía a Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. d) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para efectuar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en los procesos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto por Ley. e) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales; así como, aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. f) Aprobar la cancelación de los procesos de selección.