Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

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del reglamento de organizacion y funciones, relativos al OCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia; p. Promover la capacitacion permanente del personal que conforma el OCI, incluida la jefatura, a traves de la Escuela Nacional de Control de la Contraloria General o de cualquier otra institucion universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculados con el control gubernamental, la Administracion Publica y aquellas materias afines a la gestion de las organizaciones; q. Mantener ordenados, custodiados y a disposicion de la Contraloria General durante diez (10) anos los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector publico. El Jefe del OCI adoptara las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental; r. Cautelar que el personal del OCI de cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores publicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia; s. Mantener en reserva la informacion clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades; t. Otras que establezca la Contraloria General. CAPITULO III ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Articulo 16.- Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica, tiene como funcion general, asesorar a la Alta Direccion y a los diversos organos de la institucion a traves de la absolucion de consultas, orientacion y otras acciones relacionadas a la correcta aplicacion del MORDAZA legal y juridico vigente, en salvaguarda del adecuado cumplimiento de las funciones de la institucion y la legalidad de los actos administrativos; asi mismo, colabora en la defensa juridica con el fin de cautelar los intereses de la institucion, como parte del Estado. Depende jerarquicamente del Secretario General. Articulo 17.- Funciones de la Oficina de Asesoria Juridica Las funciones de la Oficina de Asesoria Juridica son: a. Asesorar a los organos de la institucion en los aspectos legales y juridicos que le MORDAZA consultados, emitiendo informes previos de opinion tecnico legal, destinados a orientar la correcta aplicacion del MORDAZA legal vigente; b. Proponer, formular, opinar y visar los proyectos de dispositivos legales, convenios, resoluciones, contratos, directivas y otros, en coordinacion con los organos relacionados en los temas materia de los documentos; c. Sistematizar la normatividad legal y administrativa relacionada a la institucion y coordinar su difusion estableciendo los criterios juridicos para su aplicacion; d. Coordinar con la Procuraduria Publica del Sector, el ejercicio de los derechos de la Institucion que demanden la representacion legal en acciones litigiosas, asi como realizar el seguimiento respectivo; e. Asesorar a quien ejerza la representacion legal, administrativa y judicial de la institucion, cuando sea requerido; f. Otras funciones encargadas por el Secretario General dentro del ambito de su competencia OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Articulo 18.- Oficina de Planeamiento y Presupuesto La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, desarrolla funciones de administracion interna y tiene como funcion general, asesorar a la Alta Direccion y a los demas organos de la institucion en asuntos relacionados a su funcion. Dirige la ejecucion de los procesos de los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estrategico,

CAPITULO II ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 14.- Organo de Control Institucional El Organo de Control Institucional es el encargado de realizar el control gubernamental en el Instituto Geofisico del Peru de conformidad con la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias. Su jefe depende funcional y administrativamente de la Contraloria General de la Republica, sin perjuicio de ello hace de conocimiento directamente al Titular de la entidad sobre los requerimientos y resultados de las acciones y actividades del control, inherentes al ambito de su competencia. Articulo 15.- Funciones del Organo de Control Institucional Las funciones del Organo de Control Institucional son: a. Ejercer el control interno y externo posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control a que se refiere en los articulos 7º y 8º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; b. Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, asi como a la gestion de la misma, de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloria General; c. Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloria General. Cuando estas labores de control MORDAZA requeridas por el Titular de la entidad y tengan el caracter de no programadas, su ejecucion se efectuara de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloria General; d. Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del MORDAZA de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloria General, con el proposito de contribuir a la mejora de la gestion, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior; e. Remitir los Informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloria General como al Titular de la entidad y del sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia; f. Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omision o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que se adopten las medidas correctivas pertinentes; g. Orientar, recibir, derivar y/o atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios publicos y ciudadania en general, otorgandole el tramite que corresponda a su merito, de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atencion de Denuncias y las que establezca la Contraloria General sobre la materia; h. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto; i. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materializacion efectiva, conforme a las disposiciones de la materia; j. Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloria General para la ejecucion de las labores de control en el ambito de la entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Organo colaboraran, por disposicion de la Contraloria General, en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad; k. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad por parte de los organos y personal de esta; l. Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobacion correspondiente; m. Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloria General; n. Cautelar que la publicidad de los informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia; o. Cautelar que cualquier modificacion del cuadro de puestos de la entidad, asi como de la parte correspondiente

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