Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2015 (11/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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a la informacion del Ministerio de Economia y Finanzas, el Banco de la Nacion y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, siendo los beneficiarios aquellos que se encuentren en el padron de beneficiarios que elabore la Comision Ad Hoc, excluyendo a quienes se hubieren beneficiado con los recursos del Fonavi conforme a lo previsto en el Decreto Ley Nº 22591, y sus modificatorias; Que, por Sentencia de fecha 09 de diciembre de 2014 se expidio el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el Expediente Nº 0012-2014-PI/TC (publicada en el MORDAZA web del Tribunal Constitucional el 10 de diciembre de 2014), declarando fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, disponiendo, entre otros, la ampliacion de la fecha del registro de la historia laboral hasta el 31 de agosto del ano 2018; Que, la Sentencia MORDAZA mencionada fue materia de aclaracion segun Autos 3 y 4 del Tribunal Constitucional, de fechas 19 de diciembre de 2014 y 06 de enero de 2015, respectivamente, senalando dicho colegiado en este ultimo Auto que: (i) debe pagarse conforme a lo establecido en la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, tomandose en cuenta al 31 de agosto de 2014 como parametro objetivo considerado en dicha disposicion; (ii) para pagos posteriores la Comision Ad Hoc debera emplear los recursos efectivamente recaudados de los aportes de los trabajadores y, en caso estos fueran insuficientes para los pagos posteriores que deben efectuarse, deberan recuperar los fondos necesarios, pudiendo incluso utilizar los recursos que corresponden a los pasivos del Estado al Fonavi, por cualquier concepto, y (iii) exhortar a la instancia competente para privilegiar la recuperacion de los fondos para atender las obligaciones todavia incumplidas; Que, la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114 establece un MORDAZA de Liquidaciones de las Aportaciones y Derechos y la conformacion de una Cuenta Individual de aportes por cada beneficiario, a efectuarse en funcion a los periodos de aportacion que se determine para cada beneficiario por edades, correspondiendo a cada periodo aportado el resultado de dividir el total de los recursos a devolver entre la cantidad de beneficiarios multiplicado por el promedio de periodos aportados; Que, asimismo indica la citada Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, que la Comision Ad Hoc aprobara semestralmente el padron de beneficiarios para la devolucion de aportes priorizando a los mayores de 65 anos o personas con discapacidad, entre 55 y 65 anos de edad y los menores de 55 anos de edad; Que, el Anexo 2 de las Normas Reglamentarias para la Implementacion de lo Dispuesto por la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-EF, establece: (i) la formula de calculo del valor de un periodo mensual en Nuevos Soles y (ii) la formula del calculo del monto a devolver a cada Fonavista Beneficiario; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/21-2014 de la Sesion de fecha 20 de noviembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo el formato del CERAD; Que, mediante el Acuerdo Nº 2/21-2014 de la Sesion de fecha 20 de noviembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo el monto de recaudacion de las contribuciones al Fonavi, al 31 de agosto de 2014, correspondiente a los trabajadores dependientes e independientes, el mismo que asciende a la suma de Mil Doscientos Setenta y Cinco Millones Ciento Sesenta Mil Quinientos Setenta y Dos con 49/100 Nuevos Soles (S/. 1,275,160,572.49), de acuerdo con la informacion formalmente proporcionada por el Ministerio de Economia y Finanzas, el Banco de la Nacion y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria; Que, mediante el Acuerdo Nº 3/21-2014 de la Sesion de fecha 20 de noviembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo el promedio de periodos aportados por los fonavistas en Ciento Treinta (130) meses de aportacion; Que, mediante el Acuerdo Nº 4/21-2014 de la Sesion de fecha 20 de noviembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo la cantidad de potenciales fonavistas titulares registrados con el Formulario Nº 1 - Historial Laboral al 31 de agosto de 2014 en la cantidad de Un Millon Ciento Cincuenta y Nueve Mil Ochenta y Tres (1'159,083) personas;

El Peruano MORDAZA 11 de enero de 2015

Que, mediante el Acuerdo Nº 1/22-2014 de la Sesion de fecha 27 de noviembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo el documento denominado "Lineamientos para la identificacion de Fonavistas beneficiados con los recursos del Fonavi", a fin de identificar a aquellas personas informadas por las entidades e instituciones, que se hayan beneficiado con los recursos del Fonavi, de acuerdo a lo establecido por el Tribunal Constitucional y la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/23-2014 de la Sesion de fecha 02 de diciembre de 2014, la Comision Ad Hoc aprobo la cantidad de Fonavistas Beneficiados con los recursos del Fonavi en la cantidad de Doscientos Cuarenta y Un Mil Cuatrocientos Setenta (241,470) personas, que han sido identificadas e informadas por las instituciones y entidades como beneficiadas con recursos del Fonavi; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/02-2015 de la Sesion de fecha 09 de enero de 2015, la Comision Ad Hoc determino el valor de un periodo mensual a multiplicar por la cantidad de periodos de aportes al Fonavi; Que, para el cumplimiento de lo indicado en los Articulos 22 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 29625 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-EF, asi como en el Articulo 7 del Reglamento de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-EF, se iniciaron las acciones administrativas dispuestas a obtener informacion de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS), Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT) y empleadores (publicos y privados), relacionada con los trabajadores y pensionistas que aportaron al Fonavi durante su periodo de vigencia, que consten en sus bases de datos o archivos; Que, para la construccion de las cuentas individuales de aportes al Fonavi del primer grupo de pago integrante del Padron Nacional de Fonavistas Beneficiarios, se tomo como fuente de informacion la proporcionada por la ONP, que corresponde a los asegurados del Regimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990, por ser la primera fuente de informacion verificada y obtenida para el MORDAZA de devolucion y, por contener ademas en su mayoria a personas mayores a 65 anos; Que, la informacion proveniente de las bases de datos del MORDAZA Sistema de Pensiones (NSP) y MORDAZA Sistema de Tramite Documentario (NSTD), proporcionadas por la ONP, considera periodos de aportes acreditados para pensiones de los asegurados del Decreto Ley Nº 19990, que corresponde a datos procedentes del MORDAZA de calificacion y verificacion que realiza dicha institucion. Esta informacion sirve como evidencia tangible para determinar si el asegurado acredita aportaciones a un regimen pensionario, por lo que tales aportaciones se consideran acreditadas como aportes al Fonavi, considerando la obligatoriedad de los trabajadores dependientes de efectuar aportes para un regimen de pensiones y para el Fonavi, durante la vigencia y obligatoriedad de este ultimo; Que, por el contrario, no se han considerado los periodos de aportes facultativos al regimen de pensiones, puesto que tal circunstancia no constituye evidencia tangible de que en dicho periodo facultativo se hicieron aportes al Fonavi; asi como casos de inconsistencias en la informacion recibida; Que, en la informacion proporcionada por la ONP se pudo verificar a pensionistas activos del Regimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990 con detalle de periodos de aportes, como tambien pensionistas activos del mismo regimen sin detalle de periodos de aportes. Esta MORDAZA, basicamente, contiene fecha de cese, de inicio de pago y el total (sin detalle) de periodos aportados. Con relacion a los primeros se considero el detalle de los periodos de aportes acreditados, mientras que para los segundos fue necesario que la Comision Ad Hoc mediante el Acuerdo Nº 1/14-2014 de la Sesion de fecha 14 de agosto de 2014, apruebe "Lineamientos generales sobre potenciales contingencias en el MORDAZA de devolucion de aportes al Fonavi", a fin de considerar dicha informacion dentro del MORDAZA de devolucion; Que, para identificar a las personas con discapacidad se MORDAZA con la base de datos de discapacitados, enviada por el Consejo Nacional para la Integracion de las Personas con Discapacidad (CONADIS), considerandose, ademas, a los pensionistas de la ONP con prestacion de invalidez;

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