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El Peruano Domingo 11 de enero de 2015 544600 • DESIGNAR al doctor JESUS GERMAN PACHECO DIEZ, como Juez Provisional del 46° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del día 09 de enero del presente año. • DESIGNAR a la doctora MARÍA DEL ROSARIO PORTOCARRERO ARANGOITIA, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado de Surco - San Borja, como Juez Provisional del 9° Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del día 09 de enero del presente año. • DESIGNAR a la doctora SUSSY DEL PILAR CAPARACHIN RIVERA, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad Vial como Juez Provisional del 10° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 09 de enero del presente año. • DESIGNAR a la doctora PILAR MERCEDES CRISÓSTOMO ARANGO, Juez Titular del 4° Juzgado de Paz Letrado de La Victoria como Juez Provisional del 20° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 09 de enero del presente año. • DESIGNAR a la doctora MARIA DEL ROSARIO MATOS CUZCANO, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado de Surco - San Borja, a partir del día 09 de enero del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Portocarrero Arangoitia. • DESIGNAR a la doctora NARDA KATHERINE POMA ALOSILLA, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, a partir del día 09 de enero del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Crisóstomo Arango. • DESIGNAR al doctor ISRRAEL MANFREDO ESTELA VERA, como Juez Supernumerario del 1° Juzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad Vial, a partir del día 12 de enero del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Caparachin Rivera. Artículo Segundo: PRECISAR los nombres de los siguientes doctores: Alexis López Aliaga y Edilberto Marcelino Valenzuela Barreto como sigue: ALEXIS LÓPEZ ALIAGA VARGAS y EDILBERTO MARCELINO VALENZUELA RAMON, Juez Titular y Juez Supernumerario respectivamente, quienes ejercen funciones conforme a lo establecido en las Resoluciones Administrativas N° 003-2015-P-CSJLI/PJ y N° 004-2015-P-CSJLI/PJ, ambas publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano en la fecha. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. . Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1186858-1 Establecen procedimiento a seguir en caso de impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de Jueces Superiores de determinada Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 007-2015-P-CSJLI-PJ Lima, 8 de enero de 2015 VISTAS: La Resolución Administrativa Nº 959-2012-P-CSJLI- PJ publicada el 24 de noviembre de 2012; la Resolución Administrativa Nº 323-2014-CE-PJ publicada el 06 de octubre del 2014, la Resolución Administrativa Nº 383- 2014-CE-PJ publicada el 12 de diciembre de 2014; la Resolución Administrativa Nº 425-2014-CE-PJ publicada el 30 de diciembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Administrativa Nº 959-2012- P-CSJLI-PJ, estableció disposiciones aplicables en caso de presentarse impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más jueces superiores de Salas Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima; tal disposición fue expedida en el escenario de existencia de la 1º, 2º, 3º y 4º Salas Laborales Permanentes y la Sala Transitoria Laboral. Que por Resolución Administrativa Nº 323- 2014-CE-PJ, se dispuso convertir la Quinta Sala Especializada Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima en Quinta Sala Laboral Permanente de la misma Corte. Que, por Resolución Administrativa Nº 383-2014-CE- PJ, modifi cada por Resolución Administrativa N° 425-2014- CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, convierte a partir del 01 de enero de 2015, la 7 Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y De Mercado y la 3 Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima en 6º y 7º Salas Laborales Permanentes del mismo Distrito Judicial; asimismo, convierte y reubica la Sala Laboral Transitoria de la Corte de Lima, en Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huanuco. Que, en este contexto, es necesario modifi car la norma administrativa citada en el primer considerando, a fi n de integrar a los Jueces Superiores de la 5, 6º y 7º Salas Laborales Permanentes; teniendo en cuenta para tal efecto, la aplicación de los artículos 145 y 150 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que en caso de presentarse impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de determinada Sala Laboral, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuación: - La 1º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 2º Sala Permanente - La 2º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 3º Sala Permanente - La 3º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 4º Sala Permanente - La 4º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 1º Sala Permanente - La 5º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 6º Sala Permanente - La 6º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 7º Sala Permanente - La 7º Sala Permanente llamará al Juez Superior de la 5º Sala Permanente Artículo Segundo.- En caso que el Juez Superior a que se refi ere el artículo primero no pudiera intervenir por abstención, excusa o recusación debidamente comprobada y aceptada, se procederá a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antigüedad al llamado por ley. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición administrativa que contravenga la presente resolución. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, ODECMA, Gerencia de Administración Distrital y Presidentes de las Salas Superiores de la Especialidad Laboral, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1186858-2