Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

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publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdireccion de Promocion Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERU, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas del sector textil confecciones, la participacion en la Feria "Bubble London", a realizarse los dias 1º y 2 de febrero de 2015, en la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, con el objeto de promover nuestra oferta exportable de prendas para bebes y ninos, como productos de alta calidad y diseno; Que, es importante la participacion en esta feria, por ser un evento especializado en el MORDAZA infantil de prendas de vestir y accesorios, lo que permitira a las empresas peruanas participantes exhibir en esta vitrina nuestra oferta exportable de prendas de vestir de tal rubro, facilitando su posicionamiento en este importante MORDAZA, identificando oportunidades comerciales a ser desarrolladas por las empresas peruanas del sector confecciones; Que, en tal razon, la Direccion de Promocion de las Exportaciones, ha solicitado que se autorice la comision de servicios al exterior de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en dicha Direccion, a la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, para que en representacion de PROMPERU, participe en la referida feria, realizando acciones de promocion de exportaciones de importancia para el pais; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, del 30 de enero al 3 de febrero del 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aereos : US$ 1 884,00 - Viaticos (US$ 540,00 x 4 dias) : US$ 2 160,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1188656-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas en materia de establecimiento de Areas Naturales Protegidas de administracion nacional y del MORDAZA de categorizacion de zonas reservadas
RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 324-2014-SERNANP MORDAZA, 31 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe N° 1176-2014-SERNANP-DDE de fecha 24 de diciembre de 2014 de la Direccion de Desarrollo Estrategico e Informe N° 234-2014-SERNANP-OAJ de fecha 30 de diciembre de 2014 de la Oficina de Asesoria Juridica del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; Que, el articulo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y articulo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo N° 1013 que aprueba la Ley de Creacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, constituye el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar las normas administrativas necesarias para la gestion y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas; Que, el Plan Director aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MINAM, senala que el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, esta integrado por un componente fisico conformado por las areas naturales protegidas con sus componentes bioticos y abioticos, asi como un componente social y cultural, integrado por los diversos actores que se relacionan con las areas. En este contexto el objetivo del SINANPE es contribuir al desarrollo sostenible del MORDAZA, a traves de la conservacion de una muestra representativa de la diversidad biologica, articulando y potenciando el conjunto de areas naturales protegidas del Peru, mediante la gerencia eficaz de las areas naturales protegidas, garantizando el aporte de sus beneficios ambientales, sociales y economicos a la sociedad; Que, de conformidad con los articulos 7° y 13° de la Ley de Areas Naturales Protegidas, modificada por el articulo 20° de la Ley N° 30230, y los articulos 42° y 59° de su Reglamento, se senala que mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, podra establecerse de forma transitoria zonas reservadas en aquellas areas que reuniendo las condiciones para

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