Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

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Administracion, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico. 1.3. Facultades en materia Administrativa: 1.3.1. Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de la SUNAFIL. 1.3.2. Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP. 1.3.3. Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la entidad, conforme con lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal. 1.3.4. Aceptar las donaciones de bienes inmuebles, previa evaluacion de la documentacion respectiva, asi como de los informes tecnicos y legales que sobre el particular vaya a expedirse. 1.3.5. Atender o monitorear el cumplimiento de los mandatos judiciales, en los terminos del articulo 4 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01793-JUS, asi como los mandatos expedidos por el fuero arbitral o por los tribunales administrativos. 1.3.6. Suscribir convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de bienes muebles o inmuebles, en los que sea parte la SUNAFIL. El Secretario General esta obligado a dar cuenta mensualmente al Despacho del Superintendente, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 2.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Administracion Delegar al Jefe (a) de la Oficina General de Administracion de la SUNAFIL, para el presente ejercicio fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 2.1.1. Autorizar la convocatoria de procesos de adjudicacion directa publica y selectiva y de menor cuantia de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado. 2.1.2. Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones (PAC), asi como evaluar su ejecucion, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico. 2.1.3. Aprobar los expedientes de contratacion de todos los procesos de seleccion. 2.1.4. Aprobar las bases de todos los procesos de seleccion, inclusive las bases de los procesos exonerados. 2.1.5. Aprobar el MORDAZA de estandarizacion para la adquisicion de bienes y servicios de acuerdo con lo previsto en la normativa de Contrataciones del Estado. 2.1.6. Disponer la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en la normativa de contrataciones, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica. 2.1.7. Suscribir en nombre y representacion de la SUNAFIL, los contratos y adendas derivados de los procesos de seleccion regulados por la normativa de Contrataciones del Estado, previo visto de la Oficina General de Asesoria Juridica. 2.1.8. Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales o su respectiva reduccion, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria suficiente, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha aprobacion debe tener como objeto la contratacion de bienes y servicios provenientes de los procesos de seleccion, licitaciones publicas, concursos publicos, adjudicaciones directas y de menor cuantia convocados por la Entidad, asi como las adjudicaciones de menor cuantia derivadas de los procesos declarados desiertos de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado, previo visto de la Oficina General de Asesoria Juridica. 2.1.9. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios en aquellos casos de contratos

Directoral Nº 002-2007-EF.15, se precisa entre otros, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante resolucion del titular del pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, el numeral 46.2 del articulo 46 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27584, Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS, establece que el responsable del cumplimiento de los mandatos judiciales en la administracion publica sera la autoridad de mas alta jerarquia de la entidad, quien podra comunicar por escrito al juez, el funcionario que asumira tal responsabilidad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29981, Ley de creacion de la SUNAFIL; el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado mediante Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; la Ley general del Sistema Nacional de presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegacion de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General de la SUNAFIL, para el presente ejercicio fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. Facultades en materia presupuestal: 1.1.1. Las atribuciones y facultades que corresponden al titular de la Entidad que se encuentren senaladas expresamente en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015. 1.1.2. Aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programatico, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF. 1.1.3. Aprobar las directivas y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo en materia presupuestaria que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria 2015; asimismo, los que regulen actos de administracion interna, la elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnicos normativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de caracter interno a cargo de los organos de la SUNAFIL. 1.1.4. Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica y remitirla a la Direccion General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas. 1.2. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 1.2.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como evaluar su ejecucion. 1.2.2. Autorizar la convocatoria de licitaciones y concursos publicos de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado. 1.2.3. Resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores en procesos de seleccion de licitacion publica, concurso publico, adjudicaciones directas y adjudicaciones de menor cuantia convocados por la SUNAFIL, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico. 1.2.4. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de todos los procesos de seleccion, a propuesta de la Oficina General de

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